4757,2005,2005-08-25,2005-09-05,ARTÍCULO 1º.- Exímese al Instituto Multidisciplinario para la Evolución Neurológica e Integración a la Comunidad I.M.E.N.I.C. Virgen Niña S.R.L; del pago de la Tasas por Habilitación de Comercios e Industrias, por Transferencia y Tasa por Servicios Varios – Inspección Técnica artículo 43, inciso a de la Ordenanza Impositiva Ordenanza N° 2837/92 t.v., correspondiente al indicado Instituto. ARTÍCULO 2º.- La exención de tributos solo operara sobre el pago y no exime a la beneficiaria del cumplimiento de las disposiciones, obligaciones y deberes que establezcan las normas legales vigentes de este Municipio. ARTÍCULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuara en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n