4790,2005,2005-11-10,2005-11-11,ARTÍCULO 1º.- Apruébese la adhesión al Plan de Financiamiento de Construcción de Viviendas establecido por Decreto Nº 2256/05 dictado por el Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, denominado Subprograma “Policía de Distrito, inscripto en el marco del Plan de Financiamiento de Construcción de Viviendas en Ambito Municipal denominado “Compartir”. ARTÍCULO 2º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires o con otra dependencia provincial, convenios específicos, ampliatorios y/o modificatorios todo ello dentro del Subprograma “Policía de Distrito mencionado en el artículo 1º. ARTÍCULO 3º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a suscribir con los beneficiarios del Programa toda la documentación e instrumentos legales, que permitan regular las actuaciones entre las partes intervinientes en la operatoria y garantizar a favor del Municipio el recupero del financiamiento recibido. ARTÍCULO 4º.- Autorizase al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires a disponer la afectación de los recursos que correspondan a este partido sobre la Coparticipación Municipal, a fin de cancelar el aporte financiero otorgado por dicha institución. ARTÍCULO 5º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a elaborar los listados de los beneficiarios a ser incluidos dentro de la presente operatoria, los que deberán cumplir con las condiciones exigidas, tanto por los organismos provinciales intervinientes como por el Municipio, debiendo seleccionarse los mismos de los listados presentados por la fuerza de seguridad beneficiaria de este programa. ARTÍCULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n