DIGESTO

Expediente N°4791

4791,2005,2005-11-10,2005-11-11,ARTÍCULO 1º.- Apruébase la adhesión al Plan de Financiamiento para Construcción de Viviendas establecido por Decreto Nº 365/05, dictado por el Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires.-n nARTÍCULO 2º.- Ratifícase el Acta Acuerdo celebrada por el Departamento Ejecutivo con el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 13 de Septiembre de 2005, bajo el Número 09 306 05, por el cual el Organismo Provincial aportará al Municipio recursos financieros, cuya finalidad es la construcción y reparación de viviendas en el ámbito del Partido de Campana.nnARTÍCULO 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires o cualquier otra dependencia provincial, convenios específicos, ampliatorios y/o modificatorios, todo ello dentro del Plan y del Acta Acuerdo definidos en los artículos 1º y 2º. ARTÍCULO 4º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir con los beneficiarios del Programa, toda la documentación e instrumentos legales, que permitan regular las relaciones entre las partes intervinientes en la operatoria y garantizar a favor del Municipio, el recupero del financiamiento recibido. ARTÍCULO 5º.- Autorícese al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires a disponer la afectación de los recursos que le corresponden a este Partido sobre la Coparticipación Municipal, a fin de cancelar el aporte financiero otorgado por dicha institución. ARTÍCULO 6º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a elaborar los listados de beneficiarios a ser incluidos dentro de la presente operatoria, los que deberán cumplir con las condiciones exigidas, tanto por los Organismos Provinciales intervinientes, como por el Municipio, debiendo seleccionarse los mismos entre los inscriptos en el Registro Municipal de Demanda Habitacional; y a presentar dichos listados ante las dependencias previstas por la normativa que rige el Programa. ARTÍCULO 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n