DIGESTO

Expediente N°4842

4842,2005,2005-12-27,2005-12-28,ARTICULO 1º.- Sustituyese el texto del Inciso a, del artículo 7°, de la Ordenanza N° 1424/79 tv, que regula el servicio de remise en el Partido de Campana, por el siguiente:n “aModelo “ 0 kilómetros” o hasta el año 1996, automóvil, tipo sedan con no menos de cuatro 4 puertas, capacidad máxima para cinco 4 pasajeros y mínima tres 3 pasajeros, con motor cilindrada no menor a 1.300 cc..nEl Departamento Ejecutivo evaluara de acuerdo a los vehículos existentes en el mercado, el otorgamiento de licencias para cilindradas mínimamente inferiores.n Los vehículos deberán presentar ante la Municipalidad de Campana, la aprobación de la Verificación Técnica Vehícular V.T.V. de la Provincia de Buenos Aires para este servicio, del Ente Verificador con competencia en al Ciudad de Campana, según Ley N° 12.152 y Decreto Provincial N° 4.103/95 y su modificatoria N° 1473/96 Anexo II, debiendo efectuar tal verificación en forma anual cuando la antigüedad es de uno 1 a cuatro 4 años y en forma semestral cuando es mayor a cuatro 4 años.-“nnARTÍCULO 2º.- Derogase en todas sus partes la Ordenanza N° 4746/2005. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n”