DIGESTO

Expediente N°4847

4847,2006,0000-00-00,2006-01-05,ARTICULO 1º.- Establécese en el Paseo Costanero de la Ciudad de Campana, la prohibición de realizar todas aquellas actividades que atenten contra el medio ambiente, quedando totalmente prohibido acampar en el mismo, hacer fuego en los distintos lugares que forma parte de la zona comprendida, y realizar todas aquellas actividades que perjudiquen o alteren el predio objeto de la presente Ordenanza.- nnARTÍCULO 2º.- Los infractores serán pasibles de sanciones que se establecerán ente el CINCO POR CIENTO 5% del salario mínimo mensual de un agente municipal perteneciente a la Clase IV, del Agrupamiento Personal de Servicio; y CINCO 5 salarios de la misma categoría.- nnARTÍCULO 3º.- Prohíbese el estacionamiento sobre el cordón sur del Paseo Costanero. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-