4891,2006,2006-06-01,2006-06-15,ARTÍCULO 1º.- Exímese al Consejo Escolar Distrito Campana, dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación, del pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Publica, respecto de los inmuebles y años que se detallan a continuación, donde se encuentran emplazados establecimientos escolares y jardines de infantes, en el Partido de Campana…nnARTÍCULO 2º.- Exímese al Consejo Escolar Distrito Campana, dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación del pago de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, respecto de los inmuebles y años que se detallan a continuación, donde se encuentran emplazados establecimientos escolares y jardines de infantes, en zonas rurales del Partido de Campana.-………….nnARTÍCULO 3º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a eximir anualmente a los establecimientos educacionales indicados en el artículo anterior, del pago de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, como así también a las futuras escuelas o jardines dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación a instalarse en zonas rurales del Partido de Campana .-n nARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n