4933,2006,2006-10-19,2006-10-25,ARTÍCULO 1º.- Declárase ingresada al patrimonio Municipal, con todo sus accesorios, la nueva construcción metálica, fija y adherida al suelo, erigida por la Empresa TENARIS SIDERCA, con motivo de las obras realizadas en el Hospital Municipal “San José”, ubicada en la vía publica, en la vereda par de la calle Alberti de esta Ciudad, a la altura del N° 576, frente a dicho Nosocomio, donde funciona un kiosco destinado a al venta de cigarrillos, golosinas, etc., habilitado a nombre de la Sra. Olga VDOVSOV de LAGARES, L.C. 0.988.658, desde el 15 de agosto de 1977, Contribuyente N° 3915-0. ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo anterior no otorga a la Señora Olga VDOVSOV de LAGARES, derecho a compensación o indemnización alguna por las inversiones y/o mejoras que reclama en el Expediente Nº 4016-3782/03. ARTÍCULO 3º.- La Sra. Olga VDOVSOV de LAGARES queda facultada a usar el espacio público identificado en el artículo 1º y la construcción erigida sobre el mismo, según croquis que corre a fs. 41 del expediente Nº 4016-3782/03, sin otra obligación que la de abonar el Derecho por Ocupación del Espacio Público previsto en el artículo 28, inciso a de la Ordenanza Impositiva Nº 2837/92, o norma que en el futuro lo sustituya, en la fecha y modalidades allí previstas. ARTÍCULO 4º.- Exceptúase por única vez, en mérito a las circunstancias particulares del caso sobre las que ilustran los Considerandos de la presente Ordenanza, del régimen establecido en la Ordenanza Nº 4267/03, a la transferencia que la Sra. Olga VDOVSOV de LAGARES realice respecto del kiosco individulizado en el artículo 1º.-nLas transferencias posteriores quedarán abarcadas por las disposiciones de dicha Ordenanza, sus modificaciones o normas que en el futuro la sustituyan.nLa explotación del kiosco quedará sujeta a las mismas normas municipales, provinciales y nacionales que rigen las actividades comerciales. ARTÍCULO 5º.- El kiosco deberá mantener las características con que fue construido, no pudiendo realizarse modificaciones, ampliaciones ni otro trabajo que no esté acorde con la construcción original y sin previo permiso del Municipio. ARTÍCULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n