4949,2006,2006-11-02,2006-11-21,ARTÍCULO 1º.- Establécese para el personal de la Municipalidad de Campana y sus entes descentralizados, que acrediten la calidad de ex soldados conscriptos de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, que hayan actuado en las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, en el denominado Teatro de Operaciones Malvinas T.O.M. o aquellos que hubieran entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones Atlántico Sur T.O.A.S., que una vez acogidos al beneficio previsional, producida la vacante, ésta sea cubierta por un familiar directo de primer grado y de idéntica forma se precederá en caso de fallecer mientras se encuentra en actividad. ARTÍCULO 2º.- El beneficio dispuesto en el artículo anterior, se concederá al aspirante siempre que cumpla con los requisitos de admisibilidad, exigidos para el ingreso de acuerdo a lo establecido por cada una de las normas estatutarias. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.- n