4982,2006,0206-12-20,2006-12-26,ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Decreto N° 1737 del 5 de septiembre de 2006, texto según modificación introducida por Decreto N° 2.422/2006, que también se convalida en la presenta, por el que se dispuso, en virtud de lo normado en el artículo 156, inciso 7, del Decreto-Ley 6.769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades t.v., una nueva contratación con la Cámara Unión del Comercio e Industria – Campana C.U.C.E.I., con domicilio en Avda. Ing. Agustín Rocca N° 171, de esta Ciudad, de la locación del inmueble sito en calle San Martín N° 275/Boulevard Sarmiento N° 280, entre calles Dr. Luis De Dominicis y 25 de Mayo, de la Ciudad de Campana, Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires, designado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 55, Parcela 2a, Partida N° 1971, inscripto el dominio bajo N° 226/56, siendo sus datos según título: Lote 4, Triángulo 15, de la traza de este pueblo de Campana, Partido de Campana antiguo plano oficial de Campana, por el término de DOS 2 años, comenzando el 1° de agosto de 2006 y finalizando en consecuencia el 31 de julio del año 2008, con destino al funcionamiento de la Dirección General de Coordinación y Gestión, dependiente de la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Estratégico; y del CO.PRO.NE. y de otras dependencias comunales o a un destino acorde con las funciones administrativas municipales. ARTÍCULO 2º.- Convalídase en todas sus partes el Contrato de Locación suscripto, a los fines detallados en el artículo anterior, entre la Municipalidad de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal Interino, Licenciado Adalberto Jorge TONANI, y la CÁMARA UNIÓN DEL COMERCIO E INDUSTRIA – CAMPANA C.U.C.E.I., representada por su Presidente, D. Hector Andrés GHIONI, y su Secretario D. Nestor Raúl JAUZAT, cuya fotocopia luce a fs. 355/356 del expediente N° 4016-14.851/2000. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n