5081,2007,2007-11-29,2007-12-05,ARTÍCULO 1º.- Adhiérese la Municipalidad del Partido de Campana, a lo prescripto por Ley Provincial N° 13.536. ARTÍCULO 2º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a disponer lo mencionado en el artículo 1° de la Ley 13.536, en los términos del artículo 1° de la Circular N° 400 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, condonando aquellas deudas tributarias municipales, multas y accesorios, cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas hasta el 31 de diciembre de 2006. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-