5180,2008,2008-07-24,2008-07-30,ARTÍCULO 1º.- Exímese a la “ASOCIACION DAME UNA MANO”, con domicilio Avda. Gral. B. Mitre en calle Moreno N° 526 , Contribuyente N° 10055/0, del pago de la Tasa por: Habilitación de Comercios e Industrias y por Servicios Varios artículos 43, inciso a de la Ordenanza Impositiva Ordenanza N° 2837/92 t.v.. ARTÍCULO 2º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro, el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-