5196,2008,2008-08-28,2008-09-02,ARTÍCULO 1º.- Modifícase el artículo 1° de la Ordenanza N° 5156/2008, promulgada mediante Decreto N° 1386/2008, el que quedará redactado de la siguiente manera: nn“ARTÍCULO 1º.- Exímese en los años 2006 y 2007 al “CLUB ATLETICO PLAZA MITRE” con domicilio en calle Castelli N° 562 de esta Ciudad, del pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, respecto del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 147, Parcela 14, Contribuyente N° 112980. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-