5231,2008,2008-10-09,2008-10-17,ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas las partes el Decreto N° 1323 del 10 de junio de 2008 y Decreto modificatorio N° 1535 del 10 de junio de 2008 y el Contrato de Locación celebrado de acuerdo a sus disposiciones el día 24 de junio de 2008, obrante en el expediente N° 4016-01268/2008, entre la Municipalidad de la Ciudad de Campana, representada en este acto por la Sra. Intendente Municipal Da. Stella Maris GIROLDI, y las Sras. María Susana MORONI L.C. N° 5.386.469 y Angela Liliana BORDACHAR D.N.I. N° 11.882.469, para la locación del inmueble ubicado en calle L. P. Jacob N° 696 de la Ciudad de Campana, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C; Manzana 229, Parcela 15E, inscripta en la Partida N° 2376, reunión catastral de las parcelas 15B, 15C y 15D con una superficie de quinientos noventa y seis metros cuadrados 596 m2, cuya titularidad de dominio que ostentan según documentación de fs. 17/34 del expediente N° 4016-01268/08 con destino a los Talleres de la Escuela de Arte dependiente de la Dirección General de Educación de la Provincia de Buenos Aires, en virtud de lo normado en el artículo 156, inciso 7 del Decreto-Ley N° 6.769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades t.v. y por un período de DOS 2 años a contar desde el 24 de junio de 2008 hasta el 23 de junio de 2010. ARTÍCULO 2° Convalídase en todas las partes el Contrato de Comodato celebrado el 3 de setiembre de 2008, entre la Municipalidad de Campana, representada por la Sra. Intendente Municipal Da. Stella Maris GIROLDI por una parte, y la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representada por el Presidente del Concejo Escolar de Campana, la Sra. Helga Patricia Genoveva VEGA, “Ad-Referendum” de la aprobación del Director General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, cuya fotocopia corre agregada a fs. 68 del expediente N° 4016-01268/2008, por el que este Municipio cede en comodato a dicho Organismo Provincial, el inmueble referido en el artículo 1°, para ser destinado al funcionamiento de los Talleres de la Escuela de Arte de Campana. ARTÍCULO 3º.- El Departamento Ejecutivo preverá en los Presupuestos Generales de Gastos correspondientes a los ejercicios durante los cuales permanezca vigente el Contrato al que se alude en el artículo anterior, la Partida a la que se deberá efectuar la erogación que demande el cumplimiento de sus obligaciones.- nnARTÍCULO 4° Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-