5301,2009,2009-04-23,2009-05-04,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto Nº 2593/2008 a fs. 14/15 y el Convenio cuya fotocopia luce a fs. 30/42 suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE CAMPANA, representada por la Señora Intendente Municipal Da. Stella Maris GIROLDI y BAPRO MEDIOS DE PAGO SOCIEDAD ANÓNIMA, genéricamente denominado “BAPROPAGOS”” representado por Cdor. Marcelo RAMIREZ y el Señor Jorge VALIDO, en su carácter de Apoderaros, celebrado el 16 de febrero de 2009, según constancias agregadas en el Expediente Nº 4016-5.128/2008, en los que se conviene que la citada entidad aceptará pagos en los lugares habilitados por BAPRO MEDIOS DE PAGO S.A., de los importes provenientes en PESOS de los pagos mediante depósito en efectivo que efectúen los obligados con la Municipalidad de Campana, según lo establecido en el referido Convenio de Recaudación.- ntttnARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.- “