5305,2009,2009-05-14,2009-05-15,ARTÍCULO 1º.- Conválidase en todas sus partes el Convenio suscripto el 18 de abril de 2008, entre la Provincia de Buenos Aires, representada por el Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires D. Daniel Osvaldo SCIOLI y la Municipalidad del Partido de Campana, representada por la Señora Intendente Municipal Da. Stella Maris GIROLDI, en el marco del Decreto Provincial Nº 440/09, mediante el cual se crea el “Fondo Solidario Provincial””.- ntttnARTÍCULO 2º.- Adhiérese la Municipalidad del Partido de Campana a la Ley Provincial Nº 13.973, en la que la Provincia de Buenos Aires adhiere al Decreto Nacional Nº 206 de fecha 19 de marzo de 2009.- nnARTÍCULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el Cálculo de Recursos y en el Presupuesto General de Gastos para el año 2009 y en los correspondientes a los ejercicios mientras permanezca vigente el Convenio que le convalida en el artículo 1º, adecuaciones pertinentes para el ingreso y egreso de los fondos que perciba en el marco de las disposiciones citadas en el mismo.- nnARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.- “