5345,2009,2009-07-02,2009-07-14,ARTÍCULO 1º.- Fíjase para estacionamiento exclusivo de vehículos de emergencia y operatoria de los mismos, el sector de la calle Colón correspondiente al frente de la sede de la Prefectura Campana, de la Prefectura Naval Argentina.- nnARTÍCULO 2º.- Fíjase un sector de CINCUENTA METROS 50 m. de longitud sobre la Avda. Comandante Luis Piedra Buena, a contar desde el primer portón de acceso a la Terminal Porturia DEPSA, en la modalidad a 45º, para uso público, en el cual el frente de los vehículos se ubicará en forma opuesta a la acera.- nnARTÍCULO 3º.- Prohíbese el estacionamiento circunstancial y permanente de vehículos de carga en las arterias Comandante Luis Piedra Buena y Colón, entre Avda. Ing. E. Mitre y Avda. Hipólito Yrigoyen, de esta Ciudad.- nnARTÍCULO 4º.- El Departamento Ejecutivo, a través de la dependencia correspondiente procederá a la señalización que corresponda a los fines del cumplimiento de la disposiciones de la presente Ordenanza.- nnARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-