5417,2009,2009-09-24,2009-10-05,ARTICULO 2º.- tConvalídase en todas sus partes el Decreto N° 1480/2009 de fecha 7 de julio de 2009, en el que se amplian los alcances del artículo 1° del Decreto anteriormente citado, a los fines de determinar que la suspensión de actividades dispuesta en dicho acto administrativo alcanza también todas las actividades de orden municipal que impliquen convocatoria de público, conferencias, recitales, actividades lúdicas y culturales, gimnasios deportivos cerrados de clubes, piscinas cubiertas, salas infantiles de juegos y de fiestas, peloteros y toda otra que cuente con afluencia masiva de personas.-ntnARTICULO 3º.- tConvalídase en todas sus partes el Decreto N° 1567/2009 de fecha 15 de julio de 2009, en el que se suspenden las actividades ordenadas por Decretos Nros. 1463/2009 y 1480/2009. ARTICULO 4°.-tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n