DIGESTO

Expediente N°5436

5436,2009,2009-10-22,2009-11-06,ARTICULO 1º.-tExímese en el año 2008 a la “FUNDACIÓN NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO DE SAN NICOLÁS”, Contribuyente N° 10721/0, del pago de las Tasas por: Inspección de Seguridad e Higiene; Habilitación de Comercios e Industrias y por Servicios Varios artículo 43, inciso a de la Ordenanza Impositiva Ordenanza N° 2837/92 t.v., por la actividad desarrollada en el “Centro de Formación Profesional”, ubicado en Ruta Panamericana Km. 76,5 del denominado Barrio “ San Felipe” de esta Ciudad, según constancias agregadas al expediente N° 4016-10.777/2009.- nnARTICULO 2º.-tAutorízase al Departamento Ejecutivo a eximir anualmente a la Fundación enunciada en el artículo anterior, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por lo que la indicada institución deberá solicitar dicha exención de pago con carácter anual.- n nARTICULO 3º.-tEl Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo 1°. ARTICULO 4°.-tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-