5613,2010,2010-07-22,2010-08-04,ARTÍCULO 1º.-tConvalídase en todas sus partes el Decreto Nº 1082 del 15 de junio de 2010, obrante a fs. 7/8 del expediente Nº 4016-023101/2010, por el cual se autorizó a la Empresa ESSO PETROLERA ARGENTINA S.A., para utilizar, con sus vehículos de transporte de carga de su propiedad o sujetos a su disponibilidad, diversos recorridos, cuando los factores climáticos impidan la circulación de los vehículos de carga de esa Compañía por el tramo de la Avenida 6 de Julio actualmente en construcción, hasta tanto éste sea habilitado al uso público, aunque sea una sola mano de hormigón, previo permiso expreso otorgado por la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, asumiendo, la Empresa, la total y exclusiva responsabilidad civil por cualquier daño material producido a la carpeta asfáltica y/o a terceros por el paso de los vehículos autorizados.- nARTICULO 2°.- tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-