5654,2010,2010-11-11,2010-11-19,ARTICULO 1º.-tConvalídase en todas sus partes el Decreto del Departamento Ejecutivo N° 1821, de fecha 6 de octubre de 2010, por el que se prorroga, por el término de sesenta 60 días, a partir del día 9 de octubre de 2010, el Convenio suscripto con la empresa MICRO OMNIBUS TIGRE S.A., en fecha 9 de agosto de 2007, convalidado por Ordenanza N° 5083/2007 y su Convenio Modificatorio y Ampliatorio firmado el 3 de septiembre de 2008; convalidado por Ordenanza N° 5347/2009, obrantes a fs. 94/95 y 418/418 vlta. del expediente N° 4016-36.368/07, vigente según Convenio de Prórroga celebrado el 13 de septiembre de 2010, de acuerdo a la autorización conferida por Ordenanza N° 5625/2010 y de acuerdo a las disposiciones del Decreto N° 1658/2010, en los mismos términos y condiciones vigentes hasta su vencimiento.- nnARTICULO 2º.-tConvalídase en todas sus partes el Convenio de Prórroga suscripto con la empresa MICRO OMNIBUS TIGRE S.A., el 7 de octubre de 2010, conforme al Decreto que se convalida en el artículo anterior, obrante en fotocopia 652/653 del expediente N° 4016-36.368/07. ARTICULO 3°.-tFacúltase al Departamento Ejecutivo a reducir el plazo de la prórroga otorgada mediante el Decreto N° 1821/2010 a los fines de coordinar la correcta prestación del servicio. ARTICULO 4º.- tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n