ARTICULO 1º.-tCondónase la deuda correspondiente a los años 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010 a la “ASOCIACIÓN CIVL AGENCIA DE DESARROLLO CAMPANA”, respecto de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Contribuyente N° 22958-0, ubicado en calle Avda. Ing. A. Rocca N° 171, 1° Piso, Departamento 3 de esta ciudad.- nnARTICULO 2º.-tEl beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en los períodos enunciados. ARTICULO 3º.-tEl Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores. ARTICULO 4°.-tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-