Ordenanza: 5763
Año: 2011
Fecha de Sanción: 28-07-2011
Fecha de Promulgación: 05-08-2011
Condonación de deuda, colegio rogacionista y jardin de infantes “Padre Anibal Maria Di Francia”
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente al año 2010, al Colegio Rogacionista y al Jardín de Infantes “PADRE ANÍBAL MARÍA DI FRANCIA”, Contribuyentes N° 9025-0 y N° 9025/01, respecto de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, con relación a los inmuebles donde desarrollan sus actividades, sitos en Las Heras N° 965 y Chiclana N° 965 de esta Ciudad, respectivamente.-
ARTICULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo 1°, comprende únicamente las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en el período enunciado.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-