Ordenanza: 5779
Año: 2011
Fecha de Sanción: 25-08-2011
Fecha de Promulgación: 09-09-2011
Condónase la deuda del año 2010 a la SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS respecto de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública.
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente al año 2010, a la SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS, con domicilio en calle Dr. L. De Dominicis N° 734, de esta Ciudad, respecto de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, y con relación al inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 58, Parcela 8, Contribuyente N° 111210/0.-
ARTICULO 2º.- Condónase la deuda correspondiente al año 2010, a la SOCIEDA ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS, con domicilio en calle Dr. L. De Dominicis N° 734, de esta Ciudad, respecto de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Contribuyente N° 9601/00.-
ARTICULO 3º.- El beneficio que se concede en los artículos anteriores, comprende únicamente a las cuotas impagas de las Tasas mencionadas en los mismos y solamente en los períodos enunciados.-
ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-
ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-