Ordenanza: 5780
Año: 2011
Fecha de Sanción: 25-08-2011
Fecha de Promulgación: 09-09-2011
Condónese la deuda del año 2010 a la OBRA SOCIAL CABOT ARGENTINA respecto e la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
ARTICULO 1º.- Condónese la deuda correspondiente al año 2010 a la OBRA SOCIAL CABOT ARGENTINA, con domicilio en Avenida Ing. Agustín Rocca N° 189, 6° Piso, Dpto. “C”, de esta Ciudad, Contribuyente N° 8429/00, respecto de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.-
ARTICULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de las Tasa mencionada en el mismo y solamente en el período enunciado.-
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-