DIGESTO

Expediente N°5782

Ordenanza: 5782
Año: 2011
Fecha de Sanción: 25-08-2011
Fecha de Promulgación: 09-09-2011

Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el BANCO CREDICOOP los Convenios de las fs 2/7 del expediente N° 4016-31/2011.


ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el BANCO CREDICOOP, los Convenios cuyos Proyectos obran a fs. 2/7 del expediente Nº 4016-31.525/2011, en los que se conviene que la citada entidad aceptará pagos en todas sus filiales, de los importes provenientes en PESOS de los pagos mediante depósitos en efectivo que efectúen los obligados con la Municipalidad de Campana, en concepto de Tasas por: Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, Habilitación de Comercios e Industrias, Inspección de Seguridad e Higiene, Derechos de Construcción, Derechos por Publicidad y Propaganda, Tasa por Servicios Varios (Inspección de motores, generadores de vapor, energía eléctrica, calderas y demás instalaciones), Derechos de Oficina, Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos, Derecho a los Espectáculos Públicos, Patentes, Rodados y Derechos de Cementerio; como así también la recaudación por débito de las facturas de servicios emitidas por la MUNICIPALIDAD, realizándose este servicio bajo la modalidad de Débito Original s/Reciclo, quedando excluido el cobro de las tasas a aquellos contribuyentes calificados como especiales según lo dispuesto en el Decreto Nº 1320/97 del Departamento Ejecutivo (t.v.) y obligándose EL BANCO CREDICOOP, a abstenerse de toda percepción respecto de éstos. Los pagos podrán ser realizados por los contribuyentes en efectivo o con cheques a cargo de la filial receptora.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-