DIGESTO

Expediente N°5785

Ordenanza: 5785
Año: 2011
Fecha de Sanción: 25-08-2011
Fecha de Promulgación: 09-09-2011

Convalidase el Decreto N° 0386 del 28/02/2011 del Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Decreto N° 0386, de fecha 28 de febrero de 2011, del Departamento Ejecutivo, en el que se dispone la contratación con la Señora Ida Dolores CHIAPPANO, en el carácter de Administradora Provisional de los bienes del sucesorio caratulado “CHIAPPANO, HÉCTOR ANGEL S/Sucesión Ab-Intestato” (Exp. N° 26162/2010)”, en trámite ante el Juzgado de Paz Letrado Baradero dependiente del Departamento Judicial de San Nicolás, de la locación de la planta baja del inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 203, Parcela 7 a, Partida 014-002902, sito en la calle J. B. Alberdi Nº 669, de esta Ciudad, por un período de DOS (2) años, a contar del 1º de febrero del año 2011, con destino al funcionamiento del Patronato de Liberados – Delegación Zárate – Campana, en la suma mensual de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500.-) mensuales, los primeros doce meses y de DOS MIL PESOS ($ 2.000.-) los restantes doce meses, corriendo por cuenta del Municipio, los gastos correspondientes al consumo de energía eléctrica; servicios sanitarios; gas natural y la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública.-

ARTICULO 2º.- Convalídase en todas sus partes el Contrato de Locación suscripto el 28 de febrero de 2011, entre la Municipalidad de Campana, representada por la Señora Intendente Municipal Stella Maris GIROLDI y la Señora Ida Dolores CHIAPPANO, de acuerdo a las disposiciones del acto administrativo que se convalida en el artículo anterior, obrante en fotocopia a fs. 169/171 del expediente N° 4016-32124/07.-

ARTICULO 3°.- Convalídase en todas sus partes el Convenio de Prórroga de Comodato, firmado entre la Municipalidad de Campana, representada por la Sra. Intendente Municipal Stella Maris GIROLDI y EL PATRONATO DE LIBERADOS BONAERENSE, representado por el Director Provincial de Regiones del Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Marcos Luis SALERNO, el 21 de julio de 2011, obrante a fs. 175 del expediente N° 4016-32124/2007, a los fines del cumplimiento del compromiso asumido por la Comuna en la Cláusula Primera del Convenio de Recíproca Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, suscripto el 15 de septiembre de 2004, en virtud de lo establecido en los artículos 193, 194 y 195 de la Ley N° 12.256 – Código de Ejecución Penal de la Provincia de Buenos Aires, incorporando al Municipio a la Red Provincial de Prevención del Delito y Reiterancia Delictiva, convalidado por Ordenanza N° 4726/05.-

ARTICULO 4°.- El Departamento Ejecutivo preverá en los Presupuestos Generales de
Gastos correspondientes a los ejercicios durante los cuales permanezca vigente el Contrato de Locación que se convalida en el artículo 1°, las fondos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones emergentes del mismo.-

ARTICULO 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-