DIGESTO

Expediente N°5815

Ordenanza: 5815
Año: 2011
Fecha de Sanción: 10-11-2011
Fecha de Promulgación: 17-11-2011

Condónese al CLUB CIUDAD DE CAMPANA del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por el año 2010.


ARTICULO 1º.- Condónese en el año 2010 al “CLUB CIUDAD DE CAMPANA” Contribuyente Nº 9690/00, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, ubicado en calle Chiclana N° 209, de esta Ciudad.-

ARTICULO 2º.- La exención de pago dispuesta en el artículo anterior, no exime a esa institución de las obligaciones formales inherente a dicho gravamen.-

ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-