Ordenanza: 6038
Año: 2013
Fecha de Sanción: 27-06-2013
Fecha de Promulgación: 05-07-2013
Condonación de deuda “CASA DE DÍA PADRE ANÍBAL”
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente a los años 2010 y 2011 a la Organización No Gubernamental, denominada “CASA DE DIA PADRE ANIBAL”, Contribuyente Nº 11731-00, en concepto del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.-
ARTICULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en el período indicado.-
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro, el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.- ARTICULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente a los años 2010 y 2011 a la Organización No Gubernamental, denominada “CASA DE DIA PADRE ANIBAL”, Contribuyente Nº 11731-00, en concepto del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.-
ARTICULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en el período indicado.-
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro, el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-