DIGESTO

Expediente N°6069

Ordenanza: 6069
Año: 2013
Fecha de Sanción: 15-08-2013
Fecha de Promulgación: 22-08-2013

Desafeccion de Area Rural


ARTICULO 1º.- Desaféctase del Área Rural del Partido de Campana a la Parcela de Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección Rural, Parcela 94c.-

ARTICULO 2º.- Créase el Sector de Urbanización Especial Nº 18 en el lote de nomenclatura catastral Circunscripción II – Sección Rural – Parcela 94c con una SUPERFICIE TOTAL de aproximadamente treinta y tres hectáreas (33 Has) según plano de mensura 14 – 40 – 2009.-

ARTICULO 3º.- Establécese para el Sector de Urbanización Especial Nº 18 nombrada en el artículo 1° los Indicadores Urbanísticos que se detallan a continuación:
F.O.S. = 0,60
F.O.T. = 1,20
Densidad = Una Vivienda Unifamiliar por parcela / 200 hab/Ha.-

ARTICULO 4º.- Establézcanse las siguientes dimensiones mínimas de parcela para el Sector de Urbanización Especial Nº 18:
Ancho = 10 metros
Superficie = 200 m2 (Salvo para las parcelas en esquina que deberán ceder ochava reglamentaria).-

ARTICULO 5º.- Autorizase para el Sector de Urbanización Especial Nº 18 los siguientes usos:
Uso predominante: Vivienda Unifamiliar
Uso Complementario: Comercios Minoristas diarios y Comercios Minoristas periódicos (escala menor) según lo definido en el Código de Planeamiento Urbano Ordenanza Nº 1812/84.-

ARTICULO 6º.- Establézcase la siguiente infraestructura de servicios para el Sector de Urbanización Especial Nº 18:
Red de alumbrado público, red de energía eléctrica domiciliaria, red de agua potable, red de desagües cloacales, apertura y consolidado de calles, y desagües pluviales.-

ARTICULO 7°.- Cédase la reserva de uso público para equipamiento comunitario y espacio verde y libre público en un todo de acuerdo al artículo 56 del Decreto-Ley 8912/77, cesión que se perfeccionará con el correspondiente plano de mensura.-

“2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA
GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813

ARTICULO 8°.- Establécese la denominación de U/UE 18 para el Sector de Urbanización creado por la presente, para el momento de ser convalidada la Ordenanza N° 6006/13.-

ARTICULO 9º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-