DIGESTO

Expediente N°6209

Ordenanza: 6209
Año: 2014
Fecha de Sanción: 24-07-2014
Fecha de Promulgación: 20-08-2014

Modificación Articulo 1 sobre emanación de gases

ARTICULO 1º. Modifícase el inciso 1, del artículo 1º de la Ordenanza Nº 2352/88, modificada ésta por Ordenanza Nº 5289/09, que quedará redactado de la siguiente manera:nn “ ARTICULO 1º.- “ Salubridad e Higienen “n “ 1. Por emanación de gases, material particulado o cualquier otro elemento polvos, nieblas, humos, vapores u otros tipos de residuos aeriformes, que por sus características pudiese ocasionar molestias o daños a la salud o a los bienes de características pudiese ocasionar molestias o daños a la salud o a los bienes de terceros, cualquiera sea la fuente, en contravención a lo determinado en la Ley Nº 5.965, su reglamentación y/o en la Ley Nº 7.229, su reglamentación, protocolo y/o anexos, o en las que en el futuro sustituyan.n “ 1.1. Cuando la emanación provenga de fumigaciones con utilización de sustancias químicas en contravención a lo determinado por la Ordenanza Nº 5792/11, se aplicará una multa desde el cincuenta por ciento 50% de un salario hasta trescientos 300 salarios.n “ 1.2. Cuando la emanación proviniera de industrias o fábricas y el protocolo analítico de contaminación ambiental indicara que afecta a la salud pública, sin perjuicio de la pena pecuniaria, se podrá imponer la clausura de los elementos que causen la contaminación hasta que se subsane la infracción.nEn caso de registrarse reclamos vecinales por presuntos incumplimientos de los previstos en el apartado 1.1. y 1.2. de la presente, se podrá requerir la intervención inmediata del Juzgado de Faltas a sus efectos.-“.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-