DIGESTO

Expediente N°6326

Ordenanza: 6326
Año: 2015
Fecha de Sanción: 11-06-2015
Fecha de Promulgación: 01-07-2015

Incorporando artículos a la Ordenanza Nº 6270/14 ref. a creación de Comisión Organizadora y Registro de Organizaciones y/o agrupaciones murgueras para celebración de carnaval.

VISTO:

La Ordenanza Nº 6270/14; y

CONSIDERANDO:

 

La importancia cultural que tiene la celebración del carnaval como expresión popular y participación de todos los sectores involucrados;

 

Que es necesaria una regulación de estas actividades en la que puedan participar las agrupaciones organizadoras;

Que el carnaval argentino tiene características especiales en cada región del país. Constituyen fundamentales reflejos de las identidades culturales de cada zona;

Que en Campana se fue realizando en el tiempo con aspectos muy diversos y en los últimos años en nuestra zona se han vuelto a practicar sistemas de carnaval que conservan la tradición de las murgas semejantes a las uruguayas;

Que la celebración del carnaval se ha destacado históricamente en nuestra ciudad;

Que en los últimos años ha tenido una realización organizada por la Municipalidad y la participación abierta de los grupos que han acordado con la misma;

Que en las actividades realizadas han participado habitualmente todos los sectores interesados en exhibir sus expresiones relacionadas con la fecha;

Que actualmente han presentado proyectos los participantes que manifiestan su interés por contar con el marco legal para poder realizar correctamente las actividades a las que aspiran;

Que esta iniciativa ayudará a estrechar relaciones entre quienes participan en estos festejos;

Que también debe apreciarse la posibilidad de invitar a participantes provenientes de otros Distritos que se consideren adecuados;

Que estas actividades apoyan la construcción de elementos culturales populares teniendo en cuenta la amplitud de participación de quienes habitan en el distrito;

POR ELLO:

                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º.-  Incorpóranse los artículos  3º bis y 4º bis a la Ordenanza Nº 6270/14, los     – – – – – – – – – – – –                             que quedarán redactados de la siguiente manera:

ARTÍCULO 3º bis.- Créase una Comisión Organizadora con la Secretaría de           – – – – – – – – – – – – –   – – Cultura y Educación, de la cual participe un miembro de cada uno de los grupos murgueros de la Ciudad.-

 

ARTÍCULO 4ºbis.-   Créase un Registro de las Organizaciones y/o Agrupaciones    – – – – – – – – – – – – – – Murgueras de nuestra Ciudad.-“.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 11 días del mes de junio de 2015.-

 

CRISTINA G. DEL MARMOL                                           JUAN JOSE GHIONE                                                                      

           SECRETARIA                                                                    PRESIDENTE

Honorable  Concejo Deliberante                                Honorable Concejo Deliberante

 

AUTOR: CONCEJAL OLGA GARCIA

 

Campana, 1º de julio de  2015

Promulgada  por Decreto  Nº 1370  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

     Dr.  Pedro Alcides ORQUIGUIL                                             Stella Maris Giroldi

       Secretario de Gobierno                                                         Intendente Municipal

             y Gestión Pública

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