Ordenanza: 6355
Año: 2015
Fecha de Sanción: 13-08-2015
Fecha de Promulgación: 31-08-2015
Convalidando Decreto y Contrato de Locación de Servicios celebrado con el Sr. Luis Camerano.
VISTO:
El expediente Nº 4016-18115/2015 -Alcance 1 -; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 16/17 luce copia del Decreto Municipal Nº 0620, de fecha 8 de abril de 2015, por el cual se declara la incompetencia de la Secretaría de Gabinete para prestar servicios de organización y estructuración de Parques Industriales, así como la identificación y obtención de fondos provinciales y/o nacionales destinados a los mismos y en forma directa o a través de terceros brindar servicios profesionales relacionados con la elaboración y presentación de los planos generales y particulares, y en el cómputo y presupuesto de obras de infraestructura; y en virtud de ello se dispone la contratación con el Contador Público, Sr. Luis Daniel Camerano -D.N.I. 7.961.765-, durante el período comprendido entre los meses de abril y octubre del año 2015 en la suma mensual de pesos veinte mil y autoriza la confección del correspondiente Contrato de Locación de Servicios;
Que el Sr. Camerano reúne el perfil requerido para acceder a la contratación, considerando la conjunción de su formación académica, estudios de post-grado, cursos de capacitación, así como la experiencia en cargos gerenciales, de asesoría, así como de formulación y coordinación de estudios y proyectos;
Que a fs. 18 consta copia del Contrato celebrado con el profesional citado con antelación;
Que la contratación fue llevada a cabo mediante la modalidad prevista en los artículos 148 de la Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) y artículos 161 y 66 del Reglamento de Contabilidad, mediante locación de servicios y como gasto especial;
Que atento a tal circunstancia los actos administrativos consignados precedentemente fueron dictados “Ad-Referendum” de la aprobación del Honorable Concejo Deliberante; y
Que a fs. 21 vlta., la Dirección General de Asuntos Legales consigna, respecto al proyecto de Ordenanza adjunto a fs. 19/20, que no posee objeciones que formular;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°.- Convalídanse en todas sus partes el Decreto Nº 0620, de fecha – – – – – – – – – – – – 8 de abril de 2015, del Departamento Ejecutivo, y el Contrato de Locación de Servicios celebrado con el Sr. Luis Daniel Camerano -D.N.I. 7.961.765-, para prestar servicios de organización y estructuración de Parques Industriales, así como la identificación y obtención de fondos provinciales y/o nacionales destinados a los mismos y en forma directa, o a través de terceros, brindar servicios profesionales relacionados con la elaboración y presentación de los planos generales y particulares, y en el cómputo y presupuesto de obras de infraestructura; durante el período comprendido entre abril y octubre del año 2015, en la suma mensual de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-), en un todo de acuerdo con lo actuado en el expediente Nº 4016-18115/15 -Alcance 1-.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 13 días del mes de agosto de 2015.-
CRISTINA G. DEL MARMOL ALEJANDRO F. SÁNCHEZ
SECRETARIA VICEPRESIDENTE 1º
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 31 de agosto de 2015
Promulgada por Decreto Nº 1685 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. Pedro Alcides ORQUIGUIL Stella Maris Giroldi
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
y Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6355