Ordenanza: 6370
Año: 2015
Fecha de Sanción: 27-08-2015
Fecha de Promulgación: 14-09- 2015
Contrato de locación Bvrd. Sarmiento Nº 268 para IOMA Campana.
VISTO:
El expediente N° 4016-26.590/1987; y
CONSIDERANDO:
Que en él obran los antecedentes de la locación de un inmueble efectuada por el Municipio, con destino al funcionamiento de la Delegación Campana del Instituto de Obra Médico Asistencial (I.O.M.A.), sito en Bvrd. Sarmiento Nº 268, de ésta Ciudad;
Que ante el vencimiento del Contrato de Locación del local en el que funciona actualmente esa Delegación, suscripto de acuerdo a las disposiciones del Decreto N° 0501/13, convalidado por Ordenanza N° 6114/13, y teniendo en cuenta la presentación efectuada por la Sra. Silvina Olga RIMOLI y el Sr. Luis Alberto CLEMENTE, obrante a fs. 1416, por Decreto N° 0496/2015 se dispuso una nueva contratación del mismo;
Que tal medida fue adoptada por cuanto el Municipio no cuenta con un local adecuado para el funcionamiento de la Delegación del Instituto Médico Asistencial (I.O.M.A.), y entendiendo que el que ocupa reúne las condiciones requeridas para la normal prestación de los servicios que presta a un importante sector de la comunidad, como así también los eventuales perjuicios que su traslado ocasionaría tanto a la prestataria de los mismos como al público usuario;
Que a fs. 1436/1438 luce fotocopia del Contrato de Locación firmado a los 8 días del mes de abril de 2015, por el Sr. Intendente Municipal interino Cr. Norberto Aníbal JENDRULEK, por una parte y la Sra. Silvina Olga RIMOLI, por la otra parte, cuyo objeto es el inmueble correspondiente a la planta baja del edificio ubicado sobre Bvrd. Sarmiento Nº 268, de esta Ciudad, designado en el plano de Propiedad Horizontal característica 14-30-2006, con nomenclatura catastral de origen: Circunscripción 1ra, Sección A, Manzana 55, Parcela 5d, como parte de la Unidad Funcional de mayor superficie cubierta, integrada por el Polígono 00-01, por el término de DOS (2) años a contar del 5 de marzo de 2015, en la suma de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS ($ 5.800.-) mensuales, el primer año de locación y PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS ($ 7.600.-) mensuales, el segundo año, corriendo por cuenta del Municipio, los gastos correspondientes a la Tasa por Servicios Sanitarios; consumo de energía eléctrica; gas natural y teléfono;
Que conforme a lo establecido en los artículos 156, inciso 7, del Decreto-Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la locación de inmuebles puede efectuarse en forma directa;
Que no obstante lo expuesto, atento a que el período locativo excede el presente ejercicio, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 273 el Decreto-Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), y en el artículo 7 ° del Decreto N° 0496/2015, dicho acto administrativo y el referido Contrato han sido firmados “Ad-Referendum” de su convalidación por parte del Departamento Deliberativo;
Que todo lo actuado es a los fines de dar cumplimiento al Convenio de fs. 628/630, firmado con el Instituto de Obra Médico Asistencial, el 17 de noviembre de 1994, en el que el Municipio cede a ese Instituto un inmueble para el funcionamiento de su Delegación en esta Ciudad, con la urgencia que el caso requería para no perjudicar a los afiliados a dicha obra social; y
Que a fs. 1458, la Dirección General de Asuntos Legales dictamina que analizado el proyecto de Ordenanza obrante a fs. 1455/1457, no posee objeciones de carácter legal que formular al respecto;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°.- Convalídase en todas sus partes el Decreto N° 0496, de fecha 8 de abril – – – – – – – – – – – – de 2015, del Departamento Ejecutivo, por el que se dispone la contratación con la Sra. Silvina Olga RIMOLI (D.N.I. 17.297.835), de la locación del inmueble correspondiente a la planta baja del edificio ubicado sobre Bvrd. Sarmiento Nº 268, de esta Ciudad, designado en el plano de Propiedad Horizontal característica 14-30-2006, con nomenclatura catastral de origen: Circunscripción 1ra, Sección A, Manzana 55, Parcela 5d, como parte de la Unidad Funcional de mayor superficie cubierta, integrada por el Polígono 00-01, planta baja, individualizada con la letra B en croquis obrante a fs. 932 del expediente Nº 4016-26.590/87, con destino al funcionamiento de la Delegación Campana del Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires (I.O.M.A.), o de cualquier Organismo Público Centralizado de dicha Provincia y/o alguna dependencia de la Municipalidad de Campana, por el término de DOS (2) años a contar del 5 de marzo de 2015, en la suma mensual de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS ($ 5.800.-) mensuales, el primer año de locación y PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS ($ 7.600.-) mensuales, el segundo año, y corriendo por cuenta del Municipio, los gastos correspondientes a la Tasa por Servicios Sanitarios; consumo de energía eléctrica; gas natural y teléfono.-
ARTICULO 2º.- Convalídase en todas sus partes el Contrato de Locación suscripto el 8 – – – – – – – – – – – – de abril de 2015, entre la Municipalidad del Partido de Campana, representada por el Sr. Intendente Municipal Interino Cr. Norberto Aníbal JENDRULEK, por una parte, y la Sra. Silvina Olga RIMOLI, por la otra parte, respecto al inmueble detallado en el artículo 1º, conforme a las disposiciones contenidas en el acto administrativo que se convalida en el mismo.-
ARTICULO 3°.- El Departamento Ejecutivo realizará las gestiones necesarias para la – – – – – – – – – – – – celebración de un nuevo Convenio con el Instituto de Obra Médico Asistencial, acorde con la nueva contratación a que refieren los artículos anteriores, en reemplazo del suscripto el 17 de noviembre de 1994.-
ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo preverá en el Presupuesto General de Gastos – – – – – – – – – – – – correspondiente a los ejercicios en los que permanezca vigente el Contrato de Locación que se convalida en el artículo 2°, los recursos necesarios para hacer frente a la erogación que demande el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el mismo.–
ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 27 días del mes de agosto de 2015.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JUAN JOSE GHIONE
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 14 de septiembre de 2015
Promulgada por Decreto Nº 1783 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. Pedro Alcides ORQUIGUIL Stella Maris Giroldi
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
y Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6370