DIGESTO

Expediente N°6372

Ordenanza: 6372
Año: 2015
Fecha de Sanción: 27-08-2015
Fecha de Promulgación: 14-09- 2015

Convalidación de contrato de locación de servicios a favor del Lic. Patricio Alfredo Delorme

VISTO:

                              El expediente N°  4016-16.648/14; y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente N° 4016-16.648/14, obran los antecedentes de las Capacitaciones brindadas al  personal  del Centro Integral de Monitoreo Público Urbano en los aspectos operativos, de prevención y normativos;

Que mediante el Decreto N° 0147/2015 la Secretaría de Prevención Ciudadana ha sido declarada incompetente, ya que carece de personal idóneo para brindar dichas capacitaciones, conforme lo normado en el artículo 148° del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.);

Que mediante el citado Decreto, se dispuso la Contratación del   Licenciado en Seguridad Sr. Patricio Alfredo Delorme para la realización de la Capacitación antes mencionada;

Que el Decreto N° 0147/2015, fue dictado “Ad-Referendum” de su  convalidación  por el  Departamento Deliberativo mediante la respectiva Ordenanza, debido a que dicho Cuerpo se encontraba de receso;

Que el objetivo de  dicha capacitación era el de de elevar el nivel profesional de  dicho personal, a fin de aplicar dichos conocimientos para lograr mayor eficiencia en su labor diaria y así poder incrementar la prevención de delitos;

                              Que se han brindado dos  tipos de capacitaciones, basadas en las tareas y responsabilidades respectivas, la primera estará dirigida al personal que monitorea las cámaras de vídeo vigilancia, que se dictará en el mismo puesto de trabajo, comprendiendo todo lo referido a técnicas de monitoreo, la segunda de ellas estará destinada al personal de patrulla del C.I.Mo.P.U., en los aspectos operativos  de prevención y monitoreo, manejo de situación conflictiva;

Que las Capacitaciones, constan de  ocho (8) charlas teóricas por mes, por un periodo de tres meses, siendo cuatro (4) para el personal de monitoreo de las cámaras, y cuatro (4) destinadas al personal de patrulla, las que serán brindadas por el Sr. Patricio Alfredo Delorme, CUIT N° 20-22644331-3  que se encuentra  inscripto en el Registro Municipal de Proveedores bajo el N° 1462, y cuyo valor final es de la suma de Pesos Cuarenta y Un Mil Setecientos Quince ($ 41.715.-) I.V.A. Incluido;

Que a fs. 35 vta., la Dirección General de Asuntos Legales dictamina respecto del proyecto de Ordenanza obrante a fs. 31/32  que no posee objeciones de carácter legal que formular al respecto; y

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la aludida operatoria debe estar autorizada por el Honorable Concejo Deliberante;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1°.- Convalídase en todas sus partes el Decreto N° 0147/2015 mediante el      – – – – – – – – – – – –                              cual se dispuso la contratación del Licenciado en Seguridad Sr. Patricio Alfredo Delorme (D.N.I. 22.644.331), para la realización de Capacitación destinada al personal del Centro Integral de Monitoreo Público Urbano, la que consta de ocho (8) charlas teóricas por mes, por un período de tres meses, siendo cuatro (4) para el personal de monitoreo de las cámaras, y cuatro (4) destinadas al personal de patrulla, las que serán brindadas por el Señor Patricio Delorme que se encuentra inscripto en el Registro Municipal de Proveedores, bajo el N° 1462 y cuyo valor final es de la suma de Pesos Cuarenta y Un Mil Setecientos Quince ($ 41.715.-) I.V.A. Incluido; siendo el valor de cada Capacitación valor de cada una de ellas la suma de Pesos Un Mil Setecientos Treinta y Ocho con Doce centavos ($ 1.738,12).-

ARTÍCULO 2°.- Convalídase en todas sus partes el Contrato de Locación de Servicios      – – – – – – – – – – – –                              suscripto el día 29 de enero de 2015, entre la Municipalidad de Campana representada por la Sra. Intendente Municipal Da. Stella Maris GIROLDI y por la otra parte  el Licenciado en Seguridad Sr. Patricio Alfredo DELORME.-

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 27 días del mes de agosto de 2015.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                           JUAN JOSE GHIONE                                                                       

           SECRETARIA                                                                    PRESIDENTE

Honorable  Concejo Deliberante                                Honorable Concejo Deliberante

 

Campana, 14 de septiembre de  2015

Promulgada  por Decreto  Nº 1785  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

     Dr.  Pedro Alcides ORQUIGUIL                                             Stella Maris Giroldi

       Secretario de Gobierno                                                         Intendente Municipal

             y Gestión Pública

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