Ordenanza: 6380
Año: 2015
Fecha de Sanción: 10-09-2015
Fecha de Promulgación: 24-09- 2015
Exímese en el año 2015 a la MUTUAL DE EMPLEADOS Y DIRECTORES DE CABOT ARGENTINA con domicilio en Avda. Ing. Agustín Rocca Nº 189 de esta Ciudad Contribuyente Nº 8692/00 del pago de la Tasa por Inspección.
VISTO:
El expediente Nº 4016-8.330/1999; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 187 la MUTUAL DE EMPLEADOS Y DIRECTORES DE CABOT ARGENTINA solicita exención de pago en concepto de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, correspondiente al año 2015;
Que en el mismo lucen los antecedentes de distintos actos administrativos, por los cuales en diferentes ejercicios se otorgó ese beneficio;
Que en Acta de Inspección obrante a fs. 189, se verifica el destino y funcionamiento del inmueble en cuestión;
Que el Departamento Verificaciones a fs. 191 informa el estado de deuda que mantiene con el Municipio la peticionante;
Que la Dirección Entidades de Bien Público a fs. 192 informa que la Institución mencionada se encuentra inscripta en este Municipio como Entidad de Bien Público bajo Nº 197, que posee su documentación actualizada a la fecha y que realizó el trámite de reempadronamiento;
Que la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 193 considera que, la Ordenanza Fiscal vigente, prevé la exención solo en concepto de la Tasa de Barrido y Limpieza respecto del año en curso, y que para el caso de que el Departamento Ejecutivo crea pertinente la eximición de la tasa requerida, deberá proyectarse una Ordenanza a tales efectos;
Que la Secretaría de Gabinete a fs. 193 vlta., manifiesta que, estima oportuno dar curso favorable a la presentación efectuada por la institución mencionada, debiendo procederse a la confección del pertinente acto administrativo; y
Que la citada Dirección General a fs. 196 vlta., manifiesta que, no posee objeciones que formular respecto del Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 194/195;
POR ELLO:
“Viviendo el 130º Aniversario”
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Exímese en el año 2015, a la MUTUAL DE EMPLEADOS Y – – – – – – – – – – – – DIRECTORES DE CABOT ARGENTINA, con domicilio en Avda. Ing. Agustín Rocca Nº 189 de esta Ciudad, Contribuyente Nº 8692/00, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.-
ARTICULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende – – – – – – – – – – – – únicamente a las cuotas impagas de la tasa mencionada en el mismo y solamente en el período enunciado.-
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el – – – – – – – – – – – – asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 10 días del mes de septiembre de 2015.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JUAN JOSE GHIONE
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 24 de septiembre de 2015
Promulgada por Decreto Nº 1866 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. Pedro Alcides ORQUIGUIL Stella Maris Giroldi
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
y Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6380