DIGESTO

Expediente N°6426

Ordenanza: 6426
Año: 2015
Fecha de Sanción: 26-11-2015
Fecha de Promulgación: 03-12-2015

Convalidación de Decreto 1546 Curso CIMOPU

VISTO:

                              El expediente N° 4016-22593/15; y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente N° 4016-22593/15, obran los antecedentes de las Capacitaciones brindadas al personal del Centro Integral de Monitoreo Público Urbano en los aspectos operativos, de prevención y normativos;

Que mediante el Decreto N° 1545/15 la Secretaría de Prevención Ciudadana ha sido declarada incompetente ya que carece de personal idóneo para brindar dichas capacitaciones, conforme lo normado en el artículo 148° del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.);

Que mediante el citado Decreto, se dispuso la Contratación del Licenciado en Seguridad Sr. Patricio Alfredo Delorme para la realización de dos tipos de capacitaciones, basadas en las tareas y responsabilidades respectivas, las primeras dirigidas al personal recién  ingresado en el Centro Integral de Monitoreo Público Urbano, las cuales conllevan una introducción al conocimiento sobre el funcionamiento de cada uno de los elementos que conforman el Sistema de Vídeo Vigilancia urbana, realización de test de percepción, identificación de sitios, situaciones, comportamientos de importancia del trabajo en equipo, se dictaron en el mismo puesto de trabajo, comprendiendo todo lo referido a técnicas de monitoreo, la segunda etapa de la capacitación, dirigidas al resto del personal de dicho Centro, se han referido a asesoría y revisión para la ampliación y remodelación del C.I.Mo.P.U., validar opciones sobre las mejores ubicaciones y prácticas para el armado LAY-OUT del Centro de Monitoreo, revisión de planes alternativos de contingencias;

Que las capacitaciones, constan de doce (12) charlas teóricas por mes, por un período de dos meses, las que fueron brindadas por el Licenciado en Seguridad Pública Patricio Alfredo Delorme CUIT N° 20-22644331-3, que se encuentra inscripto en el Registro Municipal de Proveedores bajo el N° 1462, y cuyo  valor final es de la suma de PESOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS QUINCE ($ 41.715.-) I.V.A. incluido;

Que el objetivo de dichas capacitaciones era el de elevar el nivel profesional de dicho personal, a fin de aplicar dichos conocimientos para lograr mayor eficiencia en su labor diaria y así poder incrementar la prevención de delitos;

Que el Decreto N° 1545/2015, fue dictado “Ad-Referendum” de su convalidación por el Departamento Deliberativo mediante la respectiva Ordenanza, debido a que dicho Cuerpo se encontraba de receso;

Que a fs. 33 vta., la Dirección General de Asuntos Legales dictamina respecto del proyecto de Ordenanza, que no posee objeciones de carácter legal que formular al respecto;

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la aludida operatoria debe estar autorizada por el Honorable Concejo Deliberante;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONAL LA SIGUIENTE:                                       

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1°.- Convalídase en todas sus partes en Decreto N° 1545 del 6 de agosto de   – – – – – – – – – – – –                              2015, mediante el cual se dispuso la contratación del Licenciado en Seguridad Sr. Patricio Alfredo Delorme (D.N.I. 22.644.331) para la realización de una Capacitación destinada al personal del Centro Integral de Monitoreo Público Urbano, la que consta de doce (12) charlas teóricas por mes, por un período de dos meses, las primeras dirigidas al personal recién ingresado en el Centro de Monitoreo Público Urbano, las segundas dirigidas al resto del personal de dicho Centro, las que fueron brindadas por el Sr. Patricio Alfredo Delorme quien se encuentra inscripto en el Registro Municipal de Proveedores bajo el N° 1462, y cuyo valor final es de la suma de PESOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS QUINCE ($ 41.715.-) I.V.A. incluido, siendo el valor de cada una de ellas la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO CON DOCE CENTAVOS ($ 1.738,12).-

 

ARTÍCULO 2°.- Convalídase en todas sus partes el Contrato de Locación de Servicios        – – –  – – – – – – – – –                              suscripto el día 13 de agosto de 2015 entre la Municipalidad de Campana representada por la Sra. Intendente Municipal Stella Maris GIROLDI y por la otra parte el Licenciado en Seguridad Sr. Patricio Alfredo Delorme.-

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 26 días del mes de noviembre de 2015.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                           JUAN JOSE GHIONE                                                                      

           SECRETARIA                                                                    PRESIDENTE

Honorable  Concejo Deliberante                                Honorable Concejo Deliberante

 

 

Campana, 3 de diciembre de  2015

Promulgada  por Decreto  Nº 2403  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

     Dr.  Pedro Alcides ORQUIGUIL                                             Stella Maris Giroldi

       Secretario de Gobierno                                                         Intendente Municipal

             y Gestión Pública

REGISTRADA BAJO N° 6426