DIGESTO

Expediente N°6427

Ordenanza: 6427
Año: 2015
Fecha de Sanción: 26-11-2015
Fecha de Promulgación: 03-12-2015

Permiso de Utilización de espacio por el Ministerio de Seguridad de la Provincia Centro de Atención Telefonica de Emergencia por 5 cinco años.

                              El expediente N°  4016-21077/15; y

CONSIDERANDO:

                              Que en el obran los antecedentes del Decreto N° 1478/2015, mediante el cual se otorga al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires la tenencia precaria del sector del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección F, Manzana 45a, Quinta 45, inscripto el dominio en la Matrícula Nº 51.408, identificado en croquis obrante a fs. 34 del expediente N° 4016-21077/15, conformado por cuarenta metros con ochenta centímetros (40,80 m.), de frente ubicado sobre calle S. Liniers; cincuenta y siete metros con ochenta y ocho centímetros (57,88 m.) de contrafrente (hasta línea municipal de Rawson); treinta y ocho metros con sesenta y seis centímetros (38.66 m.) lateral izquierdo; veinticuatro metros con dieciocho centímetros (24.18 m.) de lateral derecho, de la Ciudad de Campana, Partido de Campana, propiedad de la Municipalidad de Campana;

Que ante la emergencia que requiere contar con el predio en el que se realizara la obra, el Decreto antes citado, ha sido firmado “Ad-Referendum” de su convalidación por el Honorable Concejo Deliberante;

Que el Ministerio destinará el inmueble cedido al establecimiento de una dependencia policial, donde funcionara el Centro de Atención Telefónica de Emergencias CATE III, en el marco del Programa de Seguridad Ciudadana e Inclusión que lleva adelante dicho Ministerio, no pudiendo cambiar dicha afectación, ni ceder o alquilar total o parcialmente el inmueble, reservándose la Municipalidad la facultad de rescindir el presente ante el incumplimiento;

Que la vigencia del citado Permiso de Uso se extenderá por el término  de cinco (5)  años, con posibilidad de que las partes de común acuerdo  decidan  prorrogar en forma automática plazos iguales y consecutivos, en las mismas condiciones explicitadas en este acto, salvo decisión expresa en contrario de la Municipalidad;

Que en virtud de que el Convenio de Permiso de Uso, en su cláusula primera dice: “LA MUNICIPALIDAD” otorga la tenencia precaria a “EL MINISTERIO” del inmueble antes descripto, debiendo decir “de un sector del inmueble”, se deberá modificar dicha cláusula, la cual quedará redactada de la siguiente manera: “LA MUNICIPALIDAD otorga la tenencia precaria a “EL MINISTERIO” de un sector del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección F, Manzana 45a, Quinta 45, inscripto el dominio en la Matrícula Nº 51.408, identificado en croquis obrante a fs. 34 del expediente N° 4016-21077/15, conformado por cuarenta metros con ochenta centímetros (40,80 m.), de frente ubicado sobre calle S. Liniers; cincuenta y siete metros con ochenta y ocho centímetros (57,88 m.) de contrafrente (hasta línea municipal de Rawson);  treinta y ocho metros con sesenta y seis centímetros (38.66 m.) lateral izquierdo; veinticuatro metros con dieciocho centímetros (24.18 m.) de lateral derecho, de la Ciudad de Campana, Partido de Campana, propiedad de la Municipalidad de Campana, y que “EL MINISTERIO” acepta en este acto, en tal carácter y en el estado en que se encuentra;

Que a fs. 52 la Dirección General de Asuntos Legales dictamina respecto del proyecto de Ordenanza, no poseer objeciones de carácter legal que formular al respecto;

Que en virtud de lo normado en el artículo 41 del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde al Departamento Deliberativo autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a leyes provinciales o nacionales;

 

POR ELLO:

 

“Viviendo el 130º Aniversario”

 

                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE  LE  SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1°.- Convalídase el Decreto N° 1478 del 27 de julio de 2015, mediante el               – – – – – – – – – – – –                          cual se otorga al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires la tenencia precaria “Permiso de Uso”, del sector del inmueble identificado como: Circunscripción I, Sección F, Manzana 45a, Quinta 45, inscripto el dominio en la Matrícula Nº 51.408, identificado en croquis obrante a fs. 34 del expediente N° 4016-21077/15 conformado por cuarenta metros con ochenta centímetros (40,80 m.), de frente ubicado sobre calle S. Liniers; cincuenta y siete y ocho centímetros (57,88 m.) de contra frente (hasta línea municipal de Rawson); treinta y ocho metros con sesenta y seis centímetros (38.66 m.) lateral derecho, de la Ciudad de Campana, Partido de Campana, propiedad de la Municipalidad de Campana, con destino al Centro de Atención Telefónica de Emergencias CATE III, por el término de cinco (5) años, prorrogables en forma automática por plazos iguales y consecutivos.-

ARTÍCULO 2°.- Autorízase la celebración con el Ministerio de Seguridad de una                       – – – – – – – – – – – –                        Addenda para anexar  al  Convenio  de Permiso de Uso, mediante la cual se modifique la cláusula primera del antes citado Convenio la cual quedará redactada de la siguiente manera: “LA MUNICIPALIDAD otorga la tenencia precaria al “MINISTERIO” de un sector del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección F, Manzana 45a, Quinta 45, inscripto el dominio en la Matrícula Nº 51.408, identificado en croquis obrante a fs. 34 del expediente N° 4016-21077/15, conformado por cuarenta metros con ochenta centímetros (40,80 m.), de frente ubicado sobre calle S. Liniers; cincuenta y siete y ocho centímetros (57,88 m.) de contra frente (hasta la línea municipal de Rawson); treinta y ocho metros con sesenta y seis centímetros (38,66 m.) lateral derecho, de la  Ciudad de Campana, Partido de Campana, propiedad de la Municipalidad de Campana, y que “EL MINISTERIO” acepta en este acto, en tal carácter y en el estado en el que se encuentra, cuyo proyecto obra a fs. 46 del expediente N° 4016-21077/15.-

ARTÍCULO 3°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenios                             – – – – – – – – – – – –                        Ampliatorios y/o Modificatorios del Permiso de Uso referido en el artículo anterior.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 26 días del mes de noviembre de 2015.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                           JUAN JOSE GHIONE                                                                       

           SECRETARIA                                                                    PRESIDENTE

Honorable  Concejo Deliberante                                Honorable Concejo Deliberante

 

 

Campana, 3 de diciembre de  2015

Promulgada  por Decreto  Nº 2404  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

     Dr.  Pedro Alcides ORQUIGUIL                                             Stella Maris Giroldi

       Secretario de Gobierno                                                         Intendente Municipal

             y Gestión Pública

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