DIGESTO

Expediente N°6437

Ordenanza: 6437
Año: 2015
Fecha de Sanción: 26-11-2015
Fecha de Promulgación: 03-12-2015

Convalidación de contrato de mandatos y anexos de PROCREAR BANCO HIPOTECARIO para terrenos adquiridos por el municipio.

VISTO:

El  expediente Nº 4016-13650/2014; y las Ordenanzas Nº 6251/2014,   6252/2014 y 6312/2015; y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de julio del año 2014, el Municipio de Campana suscribió con el Comité Ejecutivo del Fideicomiso PRO.CRE.AR., Convenio de colaboración por el cual comprometióse el primero, en el caso de contar con terrenos aptos para loteo y construcción de viviendas, a ofrecerlos al Fideicomiso; todo ello con el claro objetivo de generar una mayor oferta de inmuebles a ser adjudicados a favor de quienes resultaren beneficiarios del crédito para la financiación de compra de terrenos y construcción de vivienda;

Que de conformidad a lo previsto en el Convenio Específico de Colaboración suscripto entre idénticas partes en fecha 31 de enero del año 2015, ratificado por Ordenanza Nº 6312/2015, el Municipio ofreció transferir al Fideicomiso el inmueble de su propiedad, ubicado en el Partido de Campana, identificado catastralmente como: CIRCUNSCRIPCIÓN II; SECCIÓN RURAL; PARCELA 212ª; Partida Nº 24486;

Que con fecha 2 de octubre  de 2015,  las partes  suscribieron la escritura traslativa de dominio del referenciado inmueble a favor del Fiduciario; y

Que con el objeto  de posibilitar la afectación del inmueble a la línea de créditos ofertados por el Fondo Fiduciario PRO.CRE.AR., el mismo debe contar con la infraestructura de servicios necesaria y ser subdividido acorde a la normativa vigente en la materia. Para ello hubo de suscribirse Contrato de Mandato entre el BANCO HIPOTECARIO S.A., en su carácter de Fiduciario del Fideicomiso PRO.CRE.AR., y el Municipio de Campana; cuya copia luce agregada a fs. 111/138;

POR ELLO:

                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes Contrato de Mandato y anexos                – – – – – – – – – – – –                 suscriptos el 2 de octubre de 2015 entre el BANCO HIPOTECARIO S.A., en su carácter de Fiduciario del Fideicomiso PRO.CRE.AR., y el Municipio de Campana, cuya copia luce a fs. 111/138 del expediente Nº 4016-13650/14.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 26 días del mes de noviembre de 2015.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                           JUAN JOSE GHIONE                                                                       

           SECRETARIA                                                                    PRESIDENTE

Honorable  Concejo Deliberante                                Honorable Concejo Deliberante

 

Campana, 3 de diciembre de  2015

Promulgada  por Decreto  Nº 2414  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

     Dr.  Pedro Alcides ORQUIGUIL                                          Stella Maris Giroldi

  Secretario de Gobierno                                                         Intendente    Municipal  y Gestión Pública

REGISTRADA BAJO N° 6437