Ordenanza: 6438
Año: 2015
Fecha de Sanción: 26-11-2015
Fecha de Promulgación: 03-12-2015
Convenio CUCEI Municipalidad de Campana para cobro de tasas municipales.
VISTO:
El cuerpo III del expediente Nº 4016-26.747/97; y
CONSIDERANDO:
Que en esas actuaciones lucen los antecedentes de distintos actos administrativos por medio de los cuales se contrató a la Cámara Unión del Comercio e Industria – Campana (C.U.C.E.I.), con domicilio en Avda. Ing. A. Rocca Nº 171, de esta Ciudad para la cobranza en sus ventanillas, de los importes de las facturas emitidas por el Municipio, correspondientes a diferentes tasas municipales;
Que de común acuerdo este Municipio y la Cámara Unión del Comercio e Industria- Campana (C.U.C.E.I.) propician celebrar un Convenio, cuyo proyecto obra a fs. 625/626 del expediente N° 4016-26.747/97 – Cuerpo III, el que regirá a partir del 1° de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de ese mismo año ambas fechas inclusive;
Que por lo precedentemente expuesto y en virtud de lo normado en los artículos 41 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la aludida operatoria debe estar autorizada por el Honorable Concejo Deliberante; y
Que tanto la Contaduría Municipal como la Dirección General de Asuntos Legales fs. 629 y fs. 629 vlta., respectivamente, no tienen objeciones que formular respecto del proyecto de Ordenanza obrante a fs. 627/628;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio entre la – – – – – – – – – – – – MUNICIPALIDAD DEL PARTIDO DE CAMPANA, representada por la Señora Intendente Municipal Da. Stella Maris GIROLDI, y la CÁMARA UNIÓN DEL COMERCIO E INDUSTRIA – CAMPANA (C.U.C.E.I.), representada por su Presidente Sr. Horacio Héctor GENTA, que en proyecto obra a fs. 625/626 del Cuerpo III del expediente Nº 4016-26.747/97, en los que se convienen que la citada entidad en el inmueble sito en Avda. Ing. A. Rocca Nº 171, de esta Ciudad, realice la cobranza de los importes de las facturas emitidas por “LA MUNICIPALIDAD”, correspondientes a los gravámenes que se encuentran especificados en la Cláusula 1° de dichos Convenios, en virtud de los dispuesto en el artículo N° 41, del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.).-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 26 días del mes de noviembre de 2015.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JUAN JOSE GHIONE
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 3 de diciembre de 2015
Promulgada por Decreto Nº 2415 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. Pedro Alcides ORQUIGUIL Stella Maris Giroldi
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
y Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6438