Ordenanza: 6441
Año: 2015
Fecha de Sanción: 26-11-2015
Fecha de Promulgación: 16-12-2015
Declaración de Emergencia Hidrica en el Municipio de Campana
VISTO:
El Decreto Nº 618/2015 del Poder Ejecutivo Provincial, el cual amplía en el marco de la Ley Nº 11340, hasta el 29 de febrero de 2016 el plazo del estado de emergencia de carácter hídrico para varios Partidos de la Provincia de Buenos Aires, entre los cuales se incluye al Municipio de Campana; y
CONSIDERANDO:
Que las lluvias acumuladas en lo que va del corriente año, especialmente en la cuenca del Río Luján y del Arroyo de la Cruz, han generado diversos inconvenientes en el ámbito del Partido de Campana;
Que dicha problemática hídrica ocasiona desbordes de algunos cauces de ríos y arroyos, insuficiencia en el funcionamiento de desagües pluviales, inundación de barrios cercanos a los cauces, entre otros problemas;
Que dicho fenómeno meteorológico ha provocado situaciones de anegamiento en nuestra Ciudad;
Que atento a la situación descripta se hace necesario concretar acciones y obras para el mejoramiento de la capacidad de conducción hídrica de ríos y arroyos, mejoramiento de drenajes y desagües pluviales y protección de cascos urbanos y atención primaria en la emergencia, entre otras acciones;
Que ante esta situación de desastre provocada por los fenómenos climáticos, es menester del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires la provisión urgente de asistencia a los damnificados, afectados por circunstancias de fuerza mayor, mediante acciones concretas que morigeren la situación que los aqueja;
Que recientes pronósticos climáticos anticipan precipitaciones similares para el próximo verano, especialmente en los meses de febrero y marzo de 2016;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Declárase la Emergencia Hídrica en el Municipio de Campana.-
ARTICULO 2º.- Declárase la adhesión a la emergencia declarada por la Provincia de – – – – – – – – – – – – Buenos Aires mediante la Ley Nº 11340 y el Decreto Nº 618/2015.-
ARTICULO 3º.- Intímase a la Provincia de Buenos Aires, a través de su autoridad – – – – – – – – – – – – competente, la Dirección Provincial de Hidráulica, a la realización de todas las obras de infraestructura necesarias a los efectos de dar una solución definitiva al problema de infraestructura hídrica y de desagües existentes en el Partido de Campana, a fin de evitar consecuencias como las sufridas en las inundaciones de agosto del corriente año.-
ARTICULO 4º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría que – – – – – – – – – – – – corresponda, proceda a adoptar las medidas que fueren necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.-
ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 26 días del mes de noviembre de 2015.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JUAN JOSE GHIONE
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
AUTOR: CONCEJAL SERGIO ROSES
Campana, 16 de diciembre de 2015
Promulgada por Decreto Nº 2478 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario de Gobierno y Intendente Municipal
Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6441