Ordenanza: 6498
Año: 2016
Fecha de Sanción: 14-07-2016
Fecha de Promulgación: 19-07-2016
Convalidando Decreto 310/2016 procediendo a suscripción de contratos servicios profesionales con las empresas y profesionales de la UHSJ.-
VISTO:
El expediente Nº 4016-26791/16 y el Decreto Municipal N° 0310/2016; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 129/132 obra copia del Decreto Nº 0310 del 30 de marzo del 2016, mediante el cual se procede a la suscripción de los contratos de los Servicios Profesionales con las Empresas y Profesionales que se detallan en su Anexo I, en los períodos que se especifican, percibiendo las sumas que se estipulan en cada caso, conforme a las necesidades que surjan de la Unidad Hospitalaria San José dependiente de la Secretaría de Salud y a los valores asignados a cada uno, todos con (I.V.A.) incluido, retroactivo al 1º de enero de 2016 y hasta la adjudicación real y efectiva de los mismos, que corresponda una vez cumplido el procedimiento selectivo establecido de acuerdo a las normas legales en vigencia, con lo que se producirá la extinción del Contrato, sin exceder el 31 de diciembre de 2016, o lo que acontezca primero, sin responsabilidad indemnizatoria alguna que recaiga sobre el Municipio si dichas adjudicaciones se efectuaren con anterioridad a esa fecha.-
Que por cuestiones inherentes al tipo de especialidad que se trata y la necesidad de no alterar y mantener la prestación de manera ininterrumpida para no comprometer la integridad física y la vida de las personas, y dada la incompetencia de la Unidad Hospitalaria San José para brindarlos, las contrataciones de los profesionales, se efectuaron en forma directa de acuerdo a lo normado en los artículos 148 del Decreto- Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), y 161 bis del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y el acto administrativo fue dictado “Ad-Referéndum” de su convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante;
Que acorde a lo establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v), resulta necesario contar con la aprobación del Departamento Deliberativo; y
Que a fs. 170 vlta., la Dirección General de Asuntos Legales dictamina que no posee objeciones de carácter legal que formular respecto del Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 167/169;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Decreto N° 0310 de fecha 30 de marzo del 2016, mediante el cual se procede a la suscripción de los contratos de los Servicios Profesionales con las Empresas y Profesionales que se detallan en su Anexo I, en los períodos que se especifican, percibiendo las sumas que se estipulan en cada caso, conforme a las necesidades que surjan de la Unidad Hospitalaria San José dependiente de la Secretaría de Salud y a los valores asignados a cada uno, todos con (I.V.A.) incluido, retroactivo al 1º de enero de 2016 y hasta la adjudicación real y efectiva de los mismos, que corresponda una vez cumplido el procedimiento selectivo establecido de acuerdo a las normas legales en vigencia, con lo que se producirá la extinción del Contrato, sin exceder el 31 de diciembre de 2016, o lo que acontezca primero, sin responsabilidad indemnizatoria alguna que recaiga sobre el Municipio si dichas adjudicaciones se efectuaren con anterioridad a esa fecha, conforme Contratos obrantes en el expediente N° 4016-26791/2016.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 14 días del mes de julio de 2016.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 19 de julio de 2016
Promulgada por Decreto Nº 0916 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario de Gobierno y Intendente Municipal
Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6498