DIGESTO

Expediente N°6511

Ordenanza: 6511
Año: 2016
Fecha de Sanción: 25-08-2016
Fecha de Promulgación: 12-09-2016

Autorizando al D.E. a firmar Convenio de Cooperación con el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia de la Pcia. para puesta en marcha del “Programa Familias Solidarias””.

VISTO:

El expediente Nº 4016-30181/2016; y

CONSIDERANDO:

                              Que a fs. 13/14, del mencionado expediente obra modelo del Convenio de Cooperación a celebrarse entre el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires, y la Municipalidad de Campana;

Que el mismo tiene por objeto establecer acciones coordinadas entre “el Municipio” y “el Organismo”, con el fin de la puesta en marcha en el Partido de Campana del “Programa Familias Solidarias”, en el marco de la Ley Provincial Nº 13298, de la Ley Nacional Nº 26061, la “Convención de los Derechos de Niños/as y Adolescentes”, de las “Directrices sobre Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños” de Naciones Unidas, y  de los lineamientos Nacionales en Materia de Niños, Niñas y Adolescentes Carentes de Cuidado Parentales, del Consejo Federal de Niñez Adolescencia y Familia;

Que el mencionado Programa está destinado a brindar atención integral a  niños y adolescentes incorporados en la modalidad del mismo, paro lo cual las familias solidarias percibirán una subvención mensual por cada niño alojado durante el mes completo o en fracciones mayor de quince días, o proporcional a los días que correspondan por períodos menores a quince días;

Que el Convenio Marco tendrá una duración de un (1) año a partir de la fecha de su firma, renovable automáticamente por períodos iguales; y

Que a fs. 16/17, la Dirección de Control de Técnica Legislativa; la Secretaría de Gabinete; y la Dirección General de Asuntos Legales, informan que no poseen objeciones de carácter legal que formular respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 15/15 vlta.;

POR ELLO:   

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º.-   Autorízase al Departamento Ejecutivo a firmar el Convenio de Cooperación obrante a fs. 13/14 del expediente Nº 4016-30181/2016, a celebrarse entre el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, el que tiene por objeto la puesta en marcha en el Partido de Campana del “Programa Familias Solidarias”, destinado a brindar atención integral a niños y adolescentes incorporados en el mismo, paro lo cual las familias solidarias percibirán una subvención mensual por cada niño alojado durante el mes completo o en fracciones mayor de quince días, o proporcional a los días que correspondan por períodos menores a quince (15) días, por el plazo de un (1) año a partir de su firma, renovable automáticamente por períodos iguales.-

ARTICULO 2º.-  Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar los Convenios de igual tenor, que surjan en lo sucesivo, con el fin de dar continuidad al mencionado programa social.-

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 25 días del mes de agosto de 2016.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                            SERGIO D. ROSES

               SECRETARIA                                                              PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante

 

 

Campana, 12  de septiembre de  2016

Promulgada  por Decreto  Nº 1116  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

     Dr.  ABEL SANCHEZ NEGRETE                                           SEBASTIAN ABELLA

             Secretario de Gobierno y                                                      Intendente Municipal

                   Gestión Pública

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