Ordenanza: 6563
Año: 2016
Fecha de Sanción: 24-11-2016
Fecha de Promulgación: 15-12-2016
Condonando al Club Atlético Náutico Norte deuda respecto a la Tasa de Derechos de Uso de Puertos Playas y Riberas.-
VISTO:
El expediente Nº 4016-3.503/2003 Cuerpo I; y
CONSIDERANDO:
Que el CLUB NAUTICO NORTE a fs. 94/95 solicita exención del pago del Derecho de Uso de Playas y Riberas, para los años 2013, 2014 y 2015;
Que la Subdirección de Rentas, Recaudación y Fiscalización adjunta a fs. 249/252 listado de deuda actualizado que mantiene la institución con este Municipio;
Que en Acta de Inspección obrante a fs. 254 se verifica el destino y funcionamiento del inmueble donde la institución desarrolla sus actividades;
Que la Dirección Entidades de Bien Público a fs. 255 vlta., manifiesta entre otras consideraciones que el “CLUB NAUTICO NORTE” se encuentra inscripto como Entidad de Bien Público bajo el Nº 135 y que posee su documentación actualizada a la fecha; y
Que la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 258 manifiesta entre otras consideraciones que, no estando contemplada causal alguna de eximición para el pago del Derecho de Uso de Playas y Riberas en la Ordenanza Fiscal vigente N° 6501, considera que de creer prudente el otorgamiento del beneficio por parte del Departamento Ejecutivo, deberá proyectarse una Ordenanza de estilo a los efectos;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente a los años 2013, 2014 y 2015, al CLUB NAUTICO NORTE, con domicilio en Avda. Juan de Garay 3300, de esta Ciudad, respecto de Derechos de Uso de Playas y Riberas, Legajo Nº 9452-00.-
ARTICULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas del Derecho mencionado en el mismo y solamente en los períodos enunciados.-
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 24 días del mes de noviembre de 2016.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 15 de diciembre de 2016
Promulgada por Decreto Nº 1538 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6547