Ordenanza: 6563
Año: 2016
Fecha de Sanción: 24-11-2016
Fecha de Promulgación: 15-12-2016
Eximiendo al Instituto Multidisciplinario para la Evolución Neurológica e Integración a la Comunidad IMENIC del pago de tasas municipales.-
VISTO:
El expediente Nº 4016-1469/1998; y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Multidisciplinario para la Evolución Neurológica e Integración a la Comunidad denominado I.M.E.N.I.C. VIRGEN NIÑA S.R.L., a fs. 346/348 solicita exención del pago de las Tasas por Inspección de Seguridad e Higiene y de Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública por el año 2016;
Que el Departamento Verificaciones y la Subdirección de Rentas, Recaudación y Fiscalización a fs. 351/354 y fs. 356/357 informa el estado de deuda que mantiene la institución con este Municipio;
Que a fs. 359 se agrega Acta de Inspección donde se verifica el destino y funcionamiento de los inmuebles donde la peticionante desarrolla sus actividades;
Que la Subdirección de Rentas, Recaudación y Fiscalización a fs. 360 manifiesta que, analizado el expediente no existen objeciones que formular para acceder a lo solicitado, según se viene realizando en años anteriores, agregando listado de deuda actualizado a fs. 361/368; y
Que la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 370 manifiesta entre otras consideraciones que dentro de las facultades del Departamento Deliberativo, la Ley Orgánica de Municipalidades establece en su artículo 40 que: “En particular, se podrán prever franquicias y beneficios con fines de promoción y apoyo a las actividades económicas locales y zonales, siempre que sean establecidas de conformidad con los principios precitados…”, y toda vez que se ha verificado el destino del inmueble en cuestión conforme surge del Acto de Inspección obrante a fs. 359, entiende que podrá accederse a lo peticionado mediante la sanción de la correspondiente Ordenanza;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Exímese la deuda correspondiente al año 2016, al Instituto Multidisciplinario para la Evolución Neurológica e Integración a la Comunidad denominado I.M.E.N.I.C. VIRGEN NIÑA S.R.L., respecto de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, de los inmuebles de las siguientes nomenclaturas catastrales: Circunscripción I, Sección D, Manzana 275, Parcela 4A, Contribuyente N° 137077-0 y Circunscripción I, Sección H, Chacra 11, Fracción 2, Parcela 24, Contribuyente N° 145787-0 y de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Contribuyentes Nº 8467-00, 8467-01 y 8467-02, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.).-
ARTICULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de las Tasas mencionadas en el mismo y solamente en el período enunciado.-
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 24 días del mes de noviembre de 2016.
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 15 de diciembre de 2016
Promulgada por Decreto Nº 1540 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6549