Ordenanza: 6558
Año: 2016
Fecha de Sanción: 06-12-2016
Fecha de Promulgación: 21-12-2016
Condonando deuda correspondiente al año 2015 a la Organización No Gubernamental “CASA DE DÍA PADRE ANÍBAL DI FRANCIA”.
VISTO:
El expediente Nº 4016-47.565/2012; y
CONSIDERANDO:
Que la Organización No Gubernamental, denominada “CASA DE DIA PADRE ANIBAL” a fs. 77 y fs. 88, solicita exención de pago de las Tasas por Inspección de Seguridad e Higiene y de Habilitación de Comercio e Industria, respecto de los años 2015 y 2016;
Que la Subdirección de Rentas, Recaudación y Fiscalización a fs. 80/81 informa el estado de deuda que mantiene la institución con este Municipio;
Que a fs. 83 se agrega Acta de Inspección donde se verifica el destino y funcionamiento del inmueble donde la peticionante desarrolla sus actividades;
Que la Dirección Entidades de Bien Público a fs. 87 informa, entre otras consideraciones que, la institución denominada “CASA DE DIA PADRE ANIBAL”, se encuentra inscripta como Entidad de Bien Público bajo el Nº 336 y que posee su documentación actualizada;
Que la Subdirección de Rentas, Recaudación y Fiscalización agrega listado de deuda actualizado a fs. 90/94;
Que la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 97 manifiesta, entre otras consideraciones que, respecto de la solicitud de exención formulada por la ONG CASA DE DIA PADRE ANIBAL, de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene para el año 2015 y en cuanto a la Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias, en caso de corresponder, deberá proyectarse la Ordenanza pertinente; y
Que a fs. 100/100 vlta., la Jefatura de Gabinete, la Dirección de Control de Técnica Legislativa y la Dirección General de Asuntos Legales manifiestan que no poseen objeciones que formular respecto del Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 98;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A:
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente al año 2015, a la Organización No Gubernamental, denominada “CASA DE DIA PADRE ANIBAL”, con domicilio en calle Burgos Nº 1124, de esta Ciudad, de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Legajo Nº 11731-00.-
ARTICULO 2º.- Exímese en el año 2016, a la Organización No Gubernamental, denominada “CASA DE DIA PADRE ANIBAL”, con domicilio en calle Burgos Nº 1124 de esta Ciudad, del pago de la Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias, Legajo Nº 11731-00.-
ARTICULO 3º.- El beneficio que se concede en los artículos anteriores, comprende únicamente a las cuotas impagas de las tasas mencionadas en los mismos y solamente en los períodos enunciados.-
ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero y segundo.-
ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 6 días del mes de diciembre de 2016.-
CRISTINA G. DEL MARMOL LUIS RICARDO GÓMEZ
SECRETARIA VICEPRESIDENTE 1º
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 21 de diciembre de 2016
Promulgada por Decreto Nº 1577 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6558