DIGESTO

Expediente N°6564

Ordenanza: 6564
Año: 2016
Fecha de Sanción: 06-12-2016
Fecha de Promulgación: 21-12-2016

Condonando la deuda correspondiente al año 2015 a A.S.I.M.R.A. respecto a tasas municipales.-

VISTO:

El expediente Nº 4016-21.089/1996 – Cuerpo IV; y

CONSIDERANDO:

                              Que la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA  METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – SECCIONAL CAMPANA (A.S.I.M.R.A.) a fs. 659, solicita exención de pago de la Tasa de Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Tasa  por  Inspección de Seguridad  e  Higiene  y  Derecho  de  Habilitación, respecto  de  los años 2013, 2014  y 2015;

Que la Subdirección de Rentas, Recaudación y Fiscalización a fs. 662/696 informa el estado de deuda que mantiene la institución con este Municipio;

Que a fs. 698/699 se agregan Actas de Inspección donde se verifica el destino y funcionamiento de los inmuebles donde la peticionante desarrolla sus actividades;

Que la Dirección Entidades de Bien Público a fs. 702 informa, entre otras consideraciones que, la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – SECCIONAL CAMPANA (A.S.I.M.R.A.), se encuentra inscripta como Entidad de Bien Público bajo el Nº 97, con su respectiva documentación actualizada a la fecha y que cumplió con el reempadronamiento;

Que la Subdirección de Rentas, Recaudación y Fiscalización agrega listado de deuda actualizado a fs. 704/751;

Que la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 753 manifiesta, entre otras consideraciones que, a fin de que A.S.I.M.R.A. resulte beneficiada con la eximición del pago de las tasas solicitadas, solo por los períodos indicados en la petición, deberá proyectarse una Ordenanza, para que eventualmente sea otorgado por el Honorable Concejo Deliberante; y

Que a fs. 756/756 vlta., la Jefatura de Gabinete, la Dirección de Control de Técnica Legislativa y la Dirección General de Asuntos Legales manifiestan que no poseen objeciones que formular respecto del Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 754;

POR  ELLO:

                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO   DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA  SIGUIENTE :

 

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.-  Condónase la deuda correspondiente al año 2015, a la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – SECCIONAL CAMPANA (A.S.I.M.R.A.), de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, respecto de los inmuebles que a continuación se detallan:

Circunscripción I, Sección A, Manzana 67, Parcela 3, U.F. 1, Contribuyente N° 143884

Circunscripción I, Sección A, Manzana 67, Parcela 3, U.F. 2, Contribuyente N° 143885

Circunscripción I, Sección A, Manzana 67, Parcela 4, Contribuyente N° 111417

Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 2, Contribuyente N° 160244

Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 3, Contribuyente N° 160245

Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 6, Contribuyente N° 160590

Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 7, Contribuyente N° 160591

Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 8, Contribuyente N° 160592

Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 9, Contribuyente N° 160594

Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 10A, Contribuyente N° 160597

Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 11, Contribuyente N° 160598

Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 1C, Contribuyente N° 160584

Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 1E, Contribuyente N° 160585

Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 1F, Contribuyente N° 160586

Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 1G, Contribuyente N° 160587.-

ARTICULO 2º.-  Condónase la deuda correspondiente a los años 2013, 2014 y 2015, a la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – SECCIONAL CAMPANA (A.S.I.M.R.A.), de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Legajo Nº 10606-00.-

ARTICULO 3º.- El beneficio que se concede en los artículos anteriores, comprende                                      únicamente a las cuotas impagas de las Tasas mencionadas en los mismos y solamente en los períodos enunciados.-

ARTICULO 4º.-  El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el           asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos 1° y 2° de la presente.-

ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 6 días del mes de diciembre de 2016.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                         LUIS RICARDO GÓMEZ

               SECRETARIA                                                        VICEPRESIDENTE  1º

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante

 

 

Campana, 21  de diciembre de  2016

Promulgada  por Decreto  Nº 1583  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

      Dr.  ABEL SANCHEZ NEGRETE                                         SEBASTIAN ABELLA                        

               Secretario Técnico,                                                           Intendente Municipal

              Administrativo y Legal

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