Ordenanza: 6564
Año: 2016
Fecha de Sanción: 06-12-2016
Fecha de Promulgación: 21-12-2016
Condonando la deuda correspondiente al año 2015 a A.S.I.M.R.A. respecto a tasas municipales.-
VISTO:
El expediente Nº 4016-21.089/1996 – Cuerpo IV; y
CONSIDERANDO:
Que la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – SECCIONAL CAMPANA (A.S.I.M.R.A.) a fs. 659, solicita exención de pago de la Tasa de Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y Derecho de Habilitación, respecto de los años 2013, 2014 y 2015;
Que la Subdirección de Rentas, Recaudación y Fiscalización a fs. 662/696 informa el estado de deuda que mantiene la institución con este Municipio;
Que a fs. 698/699 se agregan Actas de Inspección donde se verifica el destino y funcionamiento de los inmuebles donde la peticionante desarrolla sus actividades;
Que la Dirección Entidades de Bien Público a fs. 702 informa, entre otras consideraciones que, la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – SECCIONAL CAMPANA (A.S.I.M.R.A.), se encuentra inscripta como Entidad de Bien Público bajo el Nº 97, con su respectiva documentación actualizada a la fecha y que cumplió con el reempadronamiento;
Que la Subdirección de Rentas, Recaudación y Fiscalización agrega listado de deuda actualizado a fs. 704/751;
Que la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 753 manifiesta, entre otras consideraciones que, a fin de que A.S.I.M.R.A. resulte beneficiada con la eximición del pago de las tasas solicitadas, solo por los períodos indicados en la petición, deberá proyectarse una Ordenanza, para que eventualmente sea otorgado por el Honorable Concejo Deliberante; y
Que a fs. 756/756 vlta., la Jefatura de Gabinete, la Dirección de Control de Técnica Legislativa y la Dirección General de Asuntos Legales manifiestan que no poseen objeciones que formular respecto del Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 754;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE :
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente al año 2015, a la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – SECCIONAL CAMPANA (A.S.I.M.R.A.), de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, respecto de los inmuebles que a continuación se detallan:
Circunscripción I, Sección A, Manzana 67, Parcela 3, U.F. 1, Contribuyente N° 143884
Circunscripción I, Sección A, Manzana 67, Parcela 3, U.F. 2, Contribuyente N° 143885
Circunscripción I, Sección A, Manzana 67, Parcela 4, Contribuyente N° 111417
Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 2, Contribuyente N° 160244
Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 3, Contribuyente N° 160245
Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 6, Contribuyente N° 160590
Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 7, Contribuyente N° 160591
Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 8, Contribuyente N° 160592
Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 9, Contribuyente N° 160594
Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 10A, Contribuyente N° 160597
Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 11, Contribuyente N° 160598
Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 1C, Contribuyente N° 160584
Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 1E, Contribuyente N° 160585
Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 1F, Contribuyente N° 160586
Circunscripción III, Sección A, Manzana 72, Parcela 1G, Contribuyente N° 160587.-
ARTICULO 2º.- Condónase la deuda correspondiente a los años 2013, 2014 y 2015, a la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – SECCIONAL CAMPANA (A.S.I.M.R.A.), de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Legajo Nº 10606-00.-
ARTICULO 3º.- El beneficio que se concede en los artículos anteriores, comprende únicamente a las cuotas impagas de las Tasas mencionadas en los mismos y solamente en los períodos enunciados.-
ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos 1° y 2° de la presente.-
ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 6 días del mes de diciembre de 2016.-
CRISTINA G. DEL MARMOL LUIS RICARDO GÓMEZ
SECRETARIA VICEPRESIDENTE 1º
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 21 de diciembre de 2016
Promulgada por Decreto Nº 1583 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6564