Ordenanza: 6575
Año: 2016
Fecha de Sanción: 06-12-2016
Fecha de Promulgación: 21-12-2016
Reconociendo la deuda a la Firma Tecnología e Imágenes S.A. por los servicios médicos de resonancias magnéticas brindados a pacientes de la Unidad Hospitalaria San José.-
VISTO:
El expediente Nº 4016-33964/2016; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo es promovido por la Secretaría de Salud, con motivo de afrontar el pago de los Servicios Médicos de Resonancias Magnéticas con y sin gadolinio a pacientes de la Unidad Hospitalaria San José, por la empresa TECNOLOGIA E IMÁGENES S.A. de la Ciudad de Campana, representada por su Apoderado Cdor. Bartoli Rodolfo con D.N.I 22.238.934;
Que la facturación corresponde a los Servicios brindados durante el año 2015, por lo que, de acuerdo a lo que regula el artículo 140° del Reglamento de Contabilidad y su concordante artículo 54° de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios aprobadas por Decreto Provincial N° 2980/00, se ha formado expediente especial en el que se adjuntaron los antecedentes que permiten acreditar la efectiva prestación de los servicios cuyo pago se pretende;
Que el monto total asciende a la suma de PESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS ($ 9.200.-);
Que conformado el expediente especial que prevé la citada norma, se han agregado al mismo todas las constancias y documentos que posee la Comuna y que permiten fijar con exactitud la real prestación de los servicios cuyo pago se reclama, y por ende, la legitimidad del derecho invocado por el acreedor; y
Que a fs. 56 vlta./57 la Jefatura de Gabinete; la Dirección de Control de Técnica Legislativa; y la Dirección General de Asuntos Legales dictaminan que no poseen objeciones que formular respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 55/55 vlta.;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Reconócese la deuda a la firma TECNOLOGIA E IMÁGENES S.A., representada por su Apoderado Cdor. Bartoli Rodolfo con D.N.I 22.238.934, la suma de PESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS ($ 9.200.-) por los Servicios Médicos de Resonancias Magnéticas con y sin gadolinio a pacientes de la Unidad Hospitalaria San José correspondientes al año 2015, en un todo de acuerdo a lo normado por el artículo 140° del Reglamento de Contabilidad y su concordante artículo 54° de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios aprobadas por Decreto Provincial N° 2980/00, antecedentes agregados al expediente N° 4016-33964/2016 y según se consigna en las siguientes facturas que se detallan a continuación:
- Factura B-0003-0000549 de fecha 12/2015, por los Servicios Médicos de prácticas Resonancias Magnéticas con y sin gadolinio a pacientes de la Unidad Hospitalaria San José, por un valor de PESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS ($200.-).-
ARTICULO 2º.- Autorízase la registración en la Contabilidad Municipal de la deuda reconocida en el artículo 1°, con Crédito a la cuenta “Deuda Flotante” y con Débito a la cuenta “Resultado de Ejercicio”, así como su posterior cancelación según las pautas de los artículos 137° y 138° del Reglamento de Contabilidad.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 6 días del mes de diciembre de 2016.-
CRISTINA G. DEL MARMOL LUIS RICARDO GÓMEZ
SECRETARIA VICEPRESIDENTE 1º
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 21 de diciembre de 2016
Promulgada por Decreto Nº 1594 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6575