Ordenanza: 6576
Año: 2016
Fecha de Sanción: 06-12-2016
Fecha de Promulgación: 21-12-2016
Adhiriendo la Municipalidad de Campana a lo dispuesto en la Ley Nº 14.828 referente a la creación del Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires.-
VISTO:
La Ley Provincial Nº 14.828 y su Anexo único “PLAN ESTRATÉGICO DE MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”; el Decreto Provincial Nº 1018/2016 que aprueba la reglamentación del Anexo de la Ley Nº 14828; el Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el expediente Nº 4016-33089/2016; y
CONSIDERANDO:
Que el Plan Estratégico de Modernización del Estado, está compuesto por un conjunto de programas, normas y procedimientos en el ámbito Provincial en procesos de reformas de los sistemas administrativos;
Que el ámbito de aplicación del Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires comprende la Administración Central, los descentralizados y las entidades autárquicas, Los Organismos de la Constitución, Las empresas y sociedades, donde la Provincia de Buenos Aires tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias; y ente en los que la Provincia se encuentre asociada otra provincia o municipalidades, siempre que los respectivos gobiernos presten su acuerdo;
Que entre los principios regidores de la Ley son promover políticas públicas que impulsen las gestiones con calidad; optimizar el uso de los recursos públicos; la economía y nacionalidad administrativas; ética y transparencia en la gestión pública; el fortalecimiento de la democracia mediante la participación de la ciudadanía en la gestión pública;
Que a fs. 2/9 luce copia de la Ley Provincial Nº 14.828;
Que en el artículo Nº 16 de la Ley citada precedentemente consta que se invita a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir a la presente Ley;
Que a fs. 13/23 luce copia del Decreto Provincial Nº 1018 y Anexos I, II y III;
Que en virtud de lo normado en el artículo 41 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes Provinciales o Nacionales;
Que a fs. 26/26 vlta., la Secretaría de Gabinete; la Dirección de Control de Técnica Legislativa; y la Dirección General de Asuntos Legales, manifiestan que no tienen objeciones que formular, respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 24/25;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°.- Adhiérese la Municipalidad de Campana a la Ley Provincial Nº 14828 referente a la creación del Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires cuyas disposiciones serán aplicables en el Partido de Campana.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 6 días del mes de diciembre de 2016.-
CRISTINA G. DEL MARMOL LUIS RICARDO GÓMEZ
SECRETARIA VICEPRESIDENTE 1º
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 21 de noviembre de 2016
Promulgada por Decreto Nº 1595 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6576