DIGESTO

Expediente N°6622

Ordenanza: 6622
Año: 2017
Fecha de Sanción: 15-06-2017
Fecha de Promulgación: 05-07-2017
Resumen

Convenio Colaboración Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Municipalidad de Campana

VISTO:

El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Convenio de Colaboración Recíproca, suscripto el día 8 de septiembre de 2016, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana; y el Expediente Nº 4016 – 40.327/17; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 2/3 luce copia del Convenio de Colaboración Recíproca, suscripto el día 8 de septiembre de 2016, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, mediante el cual las partes acuerdan prestar recíprocamente colaboración con el objeto de desarrollar actividades conjuntas de intercambio cultural, económico, histórico, educativo, científico, deportivo, turístico y todo otro de interés para ambas ciudades, con el fin de fortalecer e incrementar las relaciones entre ellas, profundizando los vínculos existentes;

Que entre las actividades a desarrollar, se encuentran contempladas, entre otras, la realización de muestras, espectáculos, conferencias, exposiciones, eventos y charlas, incluyendo el dictado de talleres y/o cursos de capacitación;

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41º del Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes Provinciales o Nacionales;

Que a fs. 6/7 la Jefatura de Gabinete; la Dirección de Técnica Normativa y Legislativa; y la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos, manifiestan que no poseen objeciones que formular respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 4/5;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A :

ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio de Colaboración Recíproca, suscripto el día 8 de septiembre de 2016, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, mediante el cual las partes acuerdan prestar recíprocamente colaboración con el objeto de desarrollar actividades conjuntas de intercambio cultural, económico, histórico, educativo, científico, deportivo, turístico y todo otro de interés para ambas ciudades, con el fin de fortalecer e incrementar las relaciones entre ellas, profundizando los vínculos existentes, cuya copia luce a fs. 2/3 del Expediente Nº 4016 – 40.327/17.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 15 días del mes de junio de 2017.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                            SERGIO D. ROSES

               SECRETARIA                                                              PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante

 

Campana, 5  de julio de  2017

Promulgada  por Decreto  Nº 0624  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

      Dr.  ABEL SANCHEZ NEGRETE                                         SEBASTIAN ABELLA                        

               Secretario Técnico,                                                           Intendente Municipal

              Administrativo y Legal

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