Ordenanza: 6623
Año: 2017
Fecha de Sanción: 15-06-2017
Fecha de Promulgación: 05-07-2017
Resumen
Convenio de Colaboración Municipalidad de Campana Provincia Microempresas S.A
VISTO:
El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Convenio de Colaboración, suscripto el día 24 de noviembre de 2016, entre la Municipalidad de Campana y Provincia Microempresas S.A.; y el Expediente Nº 4016 – 40.325/17; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/4 luce copia del Convenio de Colaboración, suscripto el día 24 de noviembre de 2016, entre la Municipalidad de Campana y Provincia Microempresas S.A., el cual tiene como finalidad promover la difusión de la información concerniente al acceso de la línea “Préstamos a Microemprendedores”, el Banco de la Provincia de Buenos Aires, a los vecinos emprendedores de la Ciudad de Campana que se encuentren interesados en la misma, con el objeto de financiar sus propios microemprendimientos;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41º del Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante, autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes provinciales o nacionales;
Que a fs. 7/8 la Jefatura de Gabinete; la Dirección de Técnica Normativa y Legislativa; y la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos, manifiestan que no poseen objeciones que formular respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 5/6;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A :
ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio de Colaboración, suscripto el día 24 de noviembre de 2016, ente la Municipalidad de Campana y Provincia Microempresas S.A., el cual tiene como finalidad promover la difusión de la información concerniente al acceso de la línea de “Préstamos a Microemprendedores”, del Banco de la Provincia de Buenos Aires, a los vecinos emprendedores de la Ciudad de Campana, que se encuentren interesados en la misma, con el objeto de financiar sus propios microemprendimientos, cuya copia luce a fs. 2/4 del Expediente Nº 4016 – 40.325/17.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 15 días del mes de junio de 2017.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 5 de julio de 2017
Promulgada por Decreto Nº 0625 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6623